20 de mayo de 2026
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Durísimo revés judicial para los damnificados de planes de ahorro en Mendoza

La justicia de la Provincia de Mendoza dio vuelta el fallo de primera instancia en el marco del juicio colectivo por planes de ahorro.

Por Pablo Segura

La Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil de la Provincia de Mendoza revocó el fallo de primera instancia en el marco del juicio colectivo por planes de ahorro y estableció un criterio que redefine el alcance de este tipo de reclamos en la Justicia, dejando sin efecto la sentencia que ordenaba recalcular las cuotas de los planes.

El fallo fijó tres fundamentos técnicos centrales que resultaron determinantes para el cambio de rumbo en la causa, lo que generó preocupación en los ahorristas, quienes ahora deberán enfrentar los pagos que (en gran parte) decidan las empresas, o de lo contrario podrían hasta perder su vehículo.

Los puntos clave del nuevo fallo por el juicio por planes de ahorro

En primer lugar, el tribunal rechazó la aplicación de la teoría de la imprevisión al considerar que la inflación en Argentina no puede ser calificada como un hecho extraordinario ni imprevisible, por lo que no justifica una alteración de las condiciones contractuales pactadas entre las partes.

En segundo término, las juezas sostuvieron que el precio de los vehículos, determinado bajo el sistema de “valor móvil”, forma parte del objeto principal del contrato, por lo que no puede ser considerado abusivo ni sujeto a revisión judicial, en línea con lo establecido por el Código Civil y Comercial.

El tercer eje del fallo se centró en los límites del proceso colectivo. En ese sentido, la Cámara entendió que no es posible acreditar de manera uniforme un incumplimiento del deber de información para todos los suscriptores, debido a la diversidad de situaciones particulares que presenta cada contrato dentro del sistema de ahorro previo.

Cómo seguirá el juicio colectivo por planes de ahorro

Pese a rechazar la demanda, el tribunal adoptó medidas para morigerar el impacto de la decisión, como la continuidad de la suspensión de ejecuciones y la apertura de una instancia para que las partes intenten alcanzar un acuerdo.

Además, dejó abierta la posibilidad de que los ahorristas continúen sus reclamos de forma individual, marcando así un precedente relevante en este tipo de litigios.

Se entiende que la batalla judicial continuará y el caso podría llegar a la Suprema Corte de Justicia.

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