Qué trámite debo hacer

Elecciones 2023: qué pasa y qué debo hacer si no voté

El 24 de septiembre se votó en Mendoza y es obligatorio, aunque hay excepciones. Te explicamos cómo tramitar el certificado para evitar la multa si no votaste.

Este domingo 24 de septiembre se celebraron las elecciones 2023 generales en la provincia de Mendoza, que definen la gobernación (y la vicegobernación), la mitad de las bancas de la Legislatura y las intendencias en las 11 comunas que no desdoblaron sus comicios municipales.

Si bien el voto es obligatorio, hay algunos casos en los que se exceptúa la obligación de emitir el sufragio y no son pasibles de multas. En otros casos por razones de viaje, de salud, o lo que fuere, hay personas que se ven imposibilitadas de concurrir.

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En las elecciones 2023 de Mendoza se vota con boleta única

En las elecciones 2023 de Mendoza se vota con boleta única

¿Qué pasa si no voté en las elecciones 2023 en Mendoza?

  • Motivos de salud, distancia o de fuerza mayor

La excepción de multa rige para quienes el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de la mesa en que les corresponda votar, y los que estuvieren enfermos o imposibilitados físicamente, o que, por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas, les impida concurrir al comicio.

En el primero de los casos, el mismo día de los comicios se deberá concurrir con DNI a la comisaría más próxima de donde se encuentra la persona y solicitar una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar.

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Por motivos de salud se puede justificar el no voto en Mendoza

Por motivos de salud se puede justificar el no voto en Mendoza

En los otros, se deberá contar con el certificado emitido por médicos de los servicios de sanidad nacional, provinciales o municipales (si es por razones de salud); o certificado administrativo (por fuerza mayor).

Con el documento específico para cada caso, se deberá acudir a la Junta Electoral de la Provincia de Mendoza (Almirante Brown 1926, de Godoy Cruz) y presentar el certificado, dentro de los 60 días posteriores a la fecha de la elección.

  • Por no contar con el DNI

En el que caso de no tener su DNI al momento de la elección y poder obtener los certificados excusatorios, la Dirección del Registro Civil de Mendoza informó qué deben hacer los ciudadanos y ciudadanas.

Para tramitar el certificado excusatorio, se debe ingresar, el mismo día de las elecciones, a este sitio y gestionar el documento para justificar la inasistencia a la votación.

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No obstante, el día de los comicios permanecerán abiertos los Centros de Documentación Rápida (CDR) de cada departamento para entregar los DNI tramitados previo a las elecciones. En este link podés revisar los domicilios de las oficinas del Registro Civil en cada comuna.

Si el día de las elecciones tengo que trabajar, ¿puedo no votar?

No. Los que por razones de trabajo estén ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores para poder concurrir a emitir el voto o desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario ni ulterior recargo de horario.

¿Cuál es la multa por no votar en las elecciones 2023 en Mendoza?

El elector que no cumpla con la obligación de votar y no justifique su inasistencia ante la Junta Electoral, dentro de los 60 días posteriores a la elección respectiva, será penado:

  • Con una multa de $100 (o el doble en caso de reincidencia).
  • Con la publicación de su nombre por la Junta Electoral, como censura por haber dejado de cumplir su deber electoral.

Si no se paga la multa, no podrá realizar ciertos trámites oficiales, como por ejemplo concursar para cargos en el Estado provincial.

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El voto en Mendoza es obligatorio

El voto en Mendoza es obligatorio

¿Quiénes están exceptuados de votar en las Elecciones 2023?

  • Si el día de los comicios te encontrás a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justificás ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables).
  • Si estás enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
  • Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar.
  • Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.

Pueden votar ciudadanos de toda la Provincia, que figuren en el padrón. Es importante señalar que el voto es obligatorio para todos los ciudadanos de 18 a 70 años de edad. El voto es optativo para el caso de las personas que, al día de la elección, tengan 16 y 17 años y más de 70.

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