8 de abril de 2026
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Alquileres: aumentó la cantidad de morosos en Mendoza por la cuarentena

Por Florencia Rodriguez

La cuarentena decretada por la pandemia por coronavirus complicó también la situación de inquilinos e inquilinas de Mendoza. Si bien en abril, la morosidad fue de 5%, el relevamiento realizado en mayo por el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Mendoza (CCPIM) arrojó que el nivel de morosos ascendió a casi 15% y estiman que un panorama similar se presentará en junio.

"Acorde al relevamiento que hicimos en mayo sobre 7 mil contratos de locación, tenemos una morosidad del 14,5% en Gran Mendoza. Dentro de esta encuesta figura que el 11% no pudo pagar por problemas económicos y el resto por inconvenientes con los canales de pago bancarios y/o digitales", comenzó a explicar Estanislao Puelles Millán, presidente del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de la provincia.

"La mayoría se ha retrasado en sus pagos porque la cuarentena ha complicado su situación laboral, muchas actividades estuvieron paralizadas, por eso se entiende la morosidad. En abril fue del 5% porque se consiguió trabajar durante casi todo el mes de marzo por lo que el sueldo no se vio tan resentido como cuando avanzó el aislamiento. Creemos que tendremos un panorama similar en junio, no que va a subir o bajar la morosidad sino que se mantendrá en porcentajes similares", agregó.

Pero ¿qué pasa entonces con las personas que no han podido abonar el alquiler de sus viviendas? Lo primero que hay que saber es que no pueden ser desalojados. "Está vigente el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 320/2020 que establece que el locatario puede ampararse en ese DNU y en el caso de que el contrato tenga actualización, puede no pagar esa actualización", señaló Puelles Millán.

Ampliando la explicación de Puelles Millán, este decreto no suspende el pago de alquileres sino que congela los precios por el plazo de seis meses, al valor del canon de marzo de 2020. Puede ocurrir que la parte locataria, por diversas causas, no pague el precio de los alquileres al valor marzo de 2020 y esta situación está contemplada en el art. 7º del decreto 320/2020.

"Este artículo dispone que las deudas que pudieran originarse desde la fecha de entrada de vigencia del decreto, es decir, desde el 30 de marzo de 2020, y hasta el 30 de septiembre del año en curso, originadas en la falta de pago, la parte locataria las deberá abonar en, al menos tres (3) cuotas y como máximo en seis (6) cuotas, mensuales, iguales y consecutivas. El vencimiento de la primera cuota se producirá en el mes de octubre del 2020", explica el CCPIM en su página web.

"También hay que tener en cuenta que a esas cuotas podrán aplicarse intereses compensatorios, que no podrán exceder la tasa de interés para plazos fijos que paga el Banco de la Nación Argentina. No podrán ampliarse intereses punitorios, ni moratorios, ni ninguna otra penalidad. El interés del Nación es de 26% anual, lo que implica un 2% mensual, es decir, cada 10 mil pesos, son 200 pesos de recargo", apuntó el presidente del CCPIM.

Y cerró: "La morosidad no ha sido mayor aún gracias a las negociaciones e intervención entre locador y locatario. Por eso, en su momento pedimos al Gobernador la flexibilización de nuestra actividad para poder intermediar y bajar el grado de conflictividad. No obstante, hubo bastante consciencia de locadores y locatarios. Incluso, muchos que podrían haberse acogido al DNU no lo hicieron y quienes pudieron siguieron pagando".

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