Acción colectiva

Planes de ahorro: la jueza explicó por qué intervino la Justicia provincial

Por Facundo La Rosa

La jueza del Tribunal de gestión Asociada N°1, Fabiana Martinelli, resolvió tramitar como "acción colectiva única" todas las demandas presentadas por suscriptores de planes de ahorro de todas las automotrices en Mendoza. La medida incluye a la totalidad de los ahorristas (que estén abonando sus cuotas o que hayan dejado de pagar, se les haya entregado el vehículo o no) con domicilio real en la provincia, a menos que manifiesten desistir ser parte del proceso.

En diálogo con Sitio Andino, la magistrada indicó que la decisión de colectivizar los procesos responde a una "mayor celeridad jurídica y economía procesal", ya que el objeto de las demandas es el mismo: la pretensión de ineficiencia de las cláusulas que determinan el valor móvil que se utiliza para dividir las cuotas.

Sin embargo, como los planes son de carácter nacional, surge el planteo de que el proceso debería tramitarse en la órbita federal. "Hace un año y medio una ONG (Protectora) presentó un amparo colectivo en la Justicia Federal, que se declaró incompetente como ocurrió en la mayoría de las provincias del país; por eso asumimos la competencia", destacó Martinelli.

Fabiana Martinelli, jueza del Tribunal de gestión Asociada N°1 (Foto: Twitter)

"Hay un problema de fondo de competencia, porque los procesos de consumo (ley de defensa al consumidor) son, en general, de jurisdicción provincial; pero estos son planes de carácter interprovincial. Sin embargo, decidimos avanzar porque entendimos que no podíamos dejar a la gente sin solución, peleándonos por un problema de competencia. No podemos abandonar a todos los mendocinos y decirles que vayan a pelear a la Corte Nacional contra la Justicia Federal", explicó la jueza.

La medida cautelar que adoptó la magistrada establece que hasta tanto dicte la sentencia que resuelva la cuestión de fondo, se deberá liquidar como cuota para los próximos meses el valor de abril de 2018 más el coeficiente de variación salarial publicado mensualmente por el INDEC. La misma fórmula deberá tomarse en cuenta para el periodo 2018/2020 y si surgiesen diferencias entre lo abonado y lo dictaminado por la resolución judicial, esos fondos se tomarán como pago a cuenta para próximos cobros, siempre y cuando el futuro fallo sea favorable para los adherentes.

Tanto la resolución de la jueza como la acción colectiva fueron apeladas por una de las firmas automotrices, por lo tanto es la Segunda Cámara en lo Civil la que deberá resolver no sólo la medida adoptada por Martinelli, sino también si declara o no la falta de jurisdicción de los tribunales de Mendoza para resolver el conflicto que sólo en Mendoza afecta a unas diez mil personas.

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