El diputado sanrafaelino Gustavo Ruiz (UCR) presentó un proyecto de ley para crear un registro de grupos de running en la provincia, actividad que ha crecido exponencialmente durante el último tiempo en Mendoza.
La propuesta, según indicó el legislador, apunta a "velar por la salud y seguridad" de quienes participan de estos equipos que salen a correr por las calles y paseos del territorio. Sin embargo, no sería una obligación la inscripción en el listado, ya que esto no se determina en el articulado de la iniciativa.
"Esta actividad no está controlada. Quienes participan de la misma no tienen certificado de salud, algo que no ocurre con los gimnasios que sí tienen un proceso de adecuación", sostuvo Ruiz.
En el texto, asimismo, se indica que para ingresar al Registro se deberán cumplir los siguientes requisitos:
Completar el formulario de Declaración Jurada indicando nombre y apellido, domicilio real, D.N.l. y demás datos personales que se requieran del (o los) entrenador y/o preparador físico y/o profesor de educación física y/o idóneo que sean o vayan a ser coordinadores del grupo.
Acreditar Título o Certificado habilitante para el ejercicio de la actividad de parte de las y los coordinadores y sus colaboradores a cargo del grupo.
Lo mencionado en el inciso anterior se corroborará mediante Certificado emitido por dependencia oficial conocimientos en primeros auxilios y métodos de reanimación cardiopulmonar (RCP).
Acreditar contratación de servicio médico ambulatorio con cobertura a todo el grupo.
Completar formulario individual suscripto por el coordinador responsable del grupo y por persona participante, miembro o integrante del grupo donde consten las condiciones de aptitud física de éstos adjuntando Certificado Médico y estudio de ergometría. El certificado emitido tendrá vigencia durante un año y deberá contener: a) Nombres y Apellido; b) DNI; c) Edad; Detalle de las actividades para las cuales se encuentra apto y d) En caso de haber alguna limitación física, el profesional deberá especificar tipo de deporte e intensidad para el cual esté autorizado a practicar. Es obligación del coordinador del grupo contar con dicha documentación respecto de cada participante, miembro o integrante que se incorpore al grupo a partir de la inscripción en el Registro.
Finalmente, se señala que no habrá ningún beneficio o excepción por estar dentro del Registro Grupos de Running, ni se le podrá imponer percepciones fiscales a estos equipos.