11 de noviembre de 2025
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Comicios legislativos

Elecciones 2025: qué pasa, cuál es la multa y qué debo hacer si no voté

El voto es obligatorio entre los 18 y los 70 años. Si no fuiste a votar y no podés justificarlo, serás sancionado. Cuál es la multa y el trámite a realizar.

Por Sitio Andino Sociedad

Este domingo 26 de octubre se celebraron las elecciones 2025 legislativas en Argentina y la provincia de Mendoza, que definieron la renovación de la mitad de las bancas de la Cámara de Diputados de la Nación y un tercio de los escaños en el Senado. Además, los mendocinos eligieron 43 legisladores provinciales (24 diputados y 19 senadores) y el 50% de los concejales en doce departamentos.

Si bien el voto es obligatorio entre los 18 y los 70 años, hay algunos casos en los que se exceptúa la obligación de emitir el sufragio y no son pasibles de multas. En otros casos por razones de viaje, de salud, o lo que fuere, hay personas que se ven imposibilitadas de concurrir.

Elecciones 2025: ¿qué pasa si no voté?

  • Motivos de salud, distancia o de fuerza mayor

La excepción de multa rige para quienes el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de la mesa en que les corresponda votar, y los que estuvieren enfermos o imposibilitados físicamente, o que, por razones de fuerza mayor debidamente comprobadas, les impida concurrir al comicio.

En el primero de los casos, el mismo día de los comicios se deberá concurrir con DNI a la comisaría más próxima de donde se encuentra la persona y solicitar una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar.

En los otros, se deberá contar con el certificado emitido por médicos de los servicios de sanidad nacional, provinciales o municipales (si es por razones de salud); o certificado administrativo (por fuerza mayor).

Con el documento específico para cada caso, se deberá acudir a la sede de la Secretaría Electoral Nacional y presentar el certificado, dentro de los 60 días posteriores a la fecha de la elección. En la provincia de Mendoza, el trámite se debe realizar en la Junta Electoral de la Provincia de Mendoza (Almirante Brown 1926, de Godoy Cruz).

  • Por no contar con el DNI

En el caso de no tener su DNI al momento de la elección y poder obtener los certificados excusatorios, también deberás justificarlo ante la Justicia Electoral.

El trámite se deberá realizar dentro de los 60 días posteriores al robo o pérdida, ante el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar o emitir el certificado de extravío en este link. En este padrón se deberá presentar la denuncia policial que da cuenta de su justificación.

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Qué hacer si no votaste en las Elecciones 2025.

Qué hacer si no votaste en las Elecciones 2025.

¿Cuál es la multa por no votar en las elecciones 2025?

En caso de no haber votado, la persona quedará registrada como infractora. A su vez, en caso de no justificar su inasistencia dentro de los 60 días posteriores, se le aplicará una multa cuyo valor oscila entre los $1.000 y $2.000, a nivel nacional. El monto dependerá de la cantidad de infracciones previas que el elector haya acumulado.

También, los que se hayan ausentado, además de la multa, quedarán imposibilitados de realizar ciertos trámites o cumplir derechos civiles. Si el infractor no cumple con el pago, el Código Electoral Nacional establece que no podrá desempeñar funciones o empleos públicos durante un período de tres años. Además, se le impedirá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales.

A nivel provincial, de acuerdo con el artículo 137 de la Ley Electoral, quienes no voten y no justifiquen su ausencia podrán recibir una multa que va desde $50 hasta $500.

El dinero recaudado se destina al fomento de la educación común en cada distrito. Además de la sanción económica, los infractores pueden enfrentar trabas para realizar trámites administrativos y laborales.

¿Qué trámite debo hacer si no fui a votar?

Se puede justificar la inasistencia a través del Registro de Infractores online de la Cámara Nacional Electoral. Para consultarlo, solo se deberá ingresar el número de documento, el género y el distrito electoral además de escribir el código de validación que solicite la página.

Luego, se desplegará una lista con las infracciones y un botón de “Solicitar justificación” donde se deberá adjuntar la documentación que acredite el motivo de la ausencia, colocar el número de teléfono, una dirección de correo electrónico y hacer clic en la opción "Proceder".

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En caso de no poder justificar la inasistencia, en la misma web deberá generarse una boleta de pago de la multa, que puede abonarse en línea mediante tarjeta de débito o billeteras virtuales, o bien imprimirse para cancelar en ventanillas habilitadas de Rapipago, Pago Fácil o Banco Nación.

¿Quiénes estaban exceptuados de votar en las Elecciones 2025?

  • Si el día de los comicios te encontrás a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justificás ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
  • Si estás enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
  • Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar.
  • Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.

Pueden votar todos los ciudadanos que figuren en el padrón electoral. Es importante señalar que el voto es obligatorio para todos los ciudadanos de 18 a 70 años de edad. El voto es optativo para el caso de las personas que, al día de la elección, tengan 16 y 17 años; y más de 70.

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