El Gobierno de Mendoza puso en vigencia la ley que regula la coexistencia entre distintos cultivos agrícolas y fortalece la producción de semillas de alta calidad, tras la emisión del decreto reglamentario por parte del Poder Ejecutivo.
Con el decreto reglamentario ya publicado, la norma busca preservar la integridad genética, dar previsibilidad a los productores y fortalecer al sector semillero provincial.
El Gobierno de Mendoza puso en vigencia la ley que regula la coexistencia entre distintos cultivos agrícolas y fortalece la producción de semillas de alta calidad, tras la emisión del decreto reglamentario por parte del Poder Ejecutivo.
La normativa, impulsada por el Ministerio de Producción, había sido aprobada por la Legislatura provincial el pasado 17 de diciembre y ya se encuentra plenamente habilitada para su aplicación en todo el territorio mendocino.
La ley establece un marco normativo provincial orientado a preservar la integridad genética de las semillas, promover condiciones previsibles para los productores y mejorar la competitividad del sector semillero.
Entre sus objetivos centrales, apunta a garantizar la coexistencia ordenada entre distintos sistemas productivos, evitando contaminaciones genéticas y asegurando calidad, trazabilidad y certificación de las semillas producidas en Mendoza.
Uno de los ejes de la normativa es la obligatoriedad de inscripción en el Registro de Uso de la Tierra (RUT) para todos los productores que se dediquen a la producción, multiplicación o comercialización de semillas.
Este registro, que estará a cargo de la Dirección de Agricultura, contará con información georreferenciada sobre:
Ubicación de los predios
Especie y variedad cultivada
Fechas de siembra
Estos datos permitirán identificar zonas de riesgo, planificar cultivos y evitar interferencias entre parcelas.
La autoridad de aplicación será el ISCAMEN, que tendrá a su cargo los controles y la fiscalización del cumplimiento de la ley.
La normativa también prevé la implementación de protocolos de aislamiento y medidas complementarias para reducir el riesgo de polinización cruzada, entre ellas:
Barreras físicas
Cortinas vegetales
Desfases temporales de siembra
Además, contempla un régimen de sanciones, que incluye multas económicas e inhabilitaciones temporales ante incumplimientos, y promueve la coordinación interjurisdiccional con otras provincias, especialmente en zonas limítrofes.
Durante la presentación del proyecto en la Legislatura, el ministro de Producción, Rodolfo Vargas Arizu, destacó que Mendoza reúne condiciones clave para la producción de semillas híbridas de exportación, al contar con una fuerte cultura hortícola y un estatus sanitario destacado.
Según remarcó el funcionario, la ley brinda seguridad jurídica tanto a empresas como a productores y permitirá expandir una actividad que ya tiene presencia exportadora, posicionando a la provincia en un nivel comparable con regiones como Sudáfrica, Nueva Zelanda o Australia.
La norma también se armoniza con la Ley Nacional de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247, y busca ordenar el uso del suelo, resguardar la identidad varietal y fomentar nuevas inversiones en el sector semillero mendocino.

