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Qué es la "causa Vialidad", por la que Cristina Fernández fue condenada e irá presa

El caso por la que la ex presidenta y otras personas fueron condenadas se inició con una denuncia realizada por Elisa Carrió en 2008. De allí surgieron dos fallos por administración fraudulenta. Los detalles de una causa con miles de millones en juego.

Por Cecilia Zabala

La Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió ayer un fallo por el que dejó firme la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos para la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. En tanto, el máximo tribunal también dejó firme la absolución por el delito de asociación ilícita, tras rechazar el pedido de la fiscalía para agravar su condena al declarar el planteo inadmisible por aplicación del artículo 280 del Código Procesal en Civil y Comercial de la Nación. Pero ¿de qué se trata la "causa Vialidad", por la que fue condenada?

En forma unánime, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti hicieron un voto conjunto en el que rechazaron cada uno de los argumentos que sostuvo la defensa para intentar revertir, en su recurso de queja, la condena en su contra.

A lo largo de su análisis, los jueces desplegaron en 27 páginas los argumentos en que había presentado la defensa de Cristina Fernández de Kirchner, contra la sentencia en su contra. “La apelante no ha cumplido con el requisito de fundamentación autónoma que requiere que el escrito de interposición del recurso extraordinario contenga un relato prolijo de los hechos de la causa de relevancia principal, que permita vincularlos con las cuestiones que se plantean como de naturaleza federal mediante una crítica concreta y razonada de los argumentos en que se basó la sentencia que se impugna, sin que, incluso, valga a tal efecto una nueva crítica general a las líneas principales de la argumentación del pronunciamiento apelado”, dijeron.

También destacaron que “resulta exigible rebatir todos y cada uno de los argumentos en que el juzgador se apoyó para arribar a las conclusiones de que el apelante se agravia”. “No resulta una refutación suficiente, por lo tanto, el solo sostener un criterio interpretativo distinto del seguido en la sentencia recurrida ”, se señaló.

La causa Vialidad

En 2008 se realizó una denuncia presentada por la oposición, liderada por Elisa Carrió, sobre presuntas irregularidades en la adjudicación de obras públicas en Santa Cruz a favor del empresario Lázaro Báez durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner (2003-2015).

La causa comenzó en 2016 e investigó si el empresario Lázaro Báez fue beneficiado con el otorgamiento de 51 obras públicas viales en la provincia de Santa Cruz. El fiscal Diego Luciani acusó a Cristina Kirchner, presidenta entre 2007 y 2015, y otros funcionarios de redirigir las obras a favor de Báez en perjuicio de la administración pública.

En 2019 comenzó el juicio y tres años después el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 (TOF 2), en diciembre de 2022, condenó a Cristina a seis años de prisión e inhabilitación de ejercer cargos públicos. Pena que fue confirmada en Casación y, este martes, en el máximo tribunal.

En diciembre del 2022, luego de tres años y medio de debate oral y público y la fuerte acusación de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, el Tribunal Oral Federal 2 condenó a Cristina Kirchner, al empresario Lázaro Báez, al ex secretario de Obras Públicas José López, al ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti y cinco ex funcionarios de Santa Cruz a penas de entre seis y tres años de prisión. La Vicepresidenta, además, recibió la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Y fueron absueltos el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, los ex funcionarios de esa cartera Abel Fatala y Carlos Kirchner -primo del ex presidente Néstor Kirchner- y el ex funcionario de Santa Cruz Héctor Garro.

La sentencia fue dictada por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso. Los tres estuvieron de acuerdo en condenarla por administración fraudulenta. En cambio por dos votos a uno quedó absuelta por asociación ilícita. Solo Basso votó por condenarla por ese delito. Los otros jueces dijeron que no existió la pluralidad de delitos que reclama esa figura penal.

El tribunal también instó al decomiso de $84.835.227.378,04 por el perjuicio ocasionado.

En el juicio, el tribunal oral dio por probado que durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner el empresario Báez recibió de manera irregular obras públicas viales para la provincia de Santa Cruz. Una prueba clave fue la que el fiscal Luciani llamó en el juicio oral el plan “limpiar todo”. Se trató de los mensajes de WhatsApp que se encontraron en el celular de López cuando fue detenido en junio de 2016 en el convento de General Rodríguez con bolsos con nueve millones de dólares.

Esos mensajes dan cuenta de reuniones de López con Cristina Kirchner, con Báez, comunicaciones con Julio Mendoza -presidente de Austral Construcciones- y de encuentros del empresario con la entonces presidenta en noviembre de 2015, a pocos días de que Mauricio Macri asumiera la presidencia de la Nación. Allí se hace referencia a que Báez tenía que cobrar todo lo que sé le adeudaba antes que Cristina Kirchner deje el gobierno para después cerrar las empresas.

La defensa de Cristina Kirchner rechazó las acusaciones y apeló ante la Cámara Federal de Casacion Penal. El 13 de noviembre de 2024, el tribunal confirmó la condena con el voto de los jueces Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos.

Las defensas presentaron recursos extraordinarios que fueron rechazados por ese tribunal y llegaron en queja a la Corte Suprema. Los ministros desestimaron los planteos.

El fallo de la Corte Suprema de Justicia que ratifica la condena

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