9 de abril de 2026
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BUENOS AIRES

Perpetua para una mujer que prendió fuego a su marido "por abrazar a otra"

La mujer tiene 76 años. En el debate se confirmó que roció con alcohol al hombre y luego lo prendió fuego con su encendedor.

Por Sección Judiciales

Una mujer de 76 años fue condenada a prisión perpetua por haber matado a su marido, de 64,  rociándolo con alcohol y prendiéndole fuego con un encendedor, en un departamento del barrio porteño de Belgrano, supuestamente después de verlo abrazar a otra en un pasillo. 

La sentencia fue dictada contra Ángela Yolanda Medina, hallada responsable del "homicidio agravado por el vínculo" de Edgardo Ceresole, quien trabajaba como portero del edificio y estaba casado con la mujer desde hacía 40 años.

Pese a aplicarle la pena máxima, el Tribunal Oral en lo Criminal 25 decidió que hasta que el fallo quede firme, la imputada permanezca cumpliendo arresto domiciliario, tal como lo ordenó en una etapa anterior del caso la Cámara de Casación Penal, pero ordenó que deje de percibir la pensión como viuda.

Según se dio por probado en el debate, el hecho ocurrió entre las 14 y las 16 del 3 de marzo de 2010, cuando Ceresole estaba recostado en su habitación, situada en la planta baja de Superí 2135, en Belgrano, y su esposa lo roció con alcohol y le acercó un encendedor.

El portero sufrió quemaduras en el 38 por ciento del cuerpo y después de estar internado en dos centros de salud, murió el 9 de mayo del mismo año en el Instituto Privado de Quemados.

Como prueba principal del ataque, mencionaron que se pudo determinar que el portero estaba "acostado totalmente boca arriba y con sus brazos paralelos al cuerpo", por lo que "no ha existido una reacción agresiva por parte del marido sino todo lo contrario: una actitud pasiva propia de una persona dormida".

Durante su internación, cuando todavía estaba lúcido, Ceresole les contó a su hija y sus nietas que había sido atacado por su esposa, y también lo confirmó la propia imputada, al confesar el hecho cuando declaró en el debate oral.

Medina admitió que esa tarde discutió con su esposo cuando lo vio en el pasillo del edificio con una mujer, que comenzaron a insultarse y que la pelea la dio por terminada él "cuando dijo `basta` y se fue a acostar".

La mujer confesó que roció a su esposo "con un hilo de alcohol" y lo prendió fuego, pero dijo que pensó que "no era tan grave, porque (el hombre) se baño, se cambió y salió a pedir auxilio" por su cuenta.

Medina afirmó que actuó "en forma de defensa" porque por "cómo la miró", supo que su esposo podía agredirla como había sucedido en discusiones anteriores que eran permanentes en los últimos años de convivencia conyugal.

En sus alegatos, el fiscal Horacio Michero descartó una "legítima defensa" y remarcó que cuando el hombre se acostó en la cama, "el riesgo para ella había cesado y tenía la posibilidad de salir del departamento y dejar de correr riesgo".

También rechazó que la mujer sea inimputable, debido a que médicos forenses dijeron que supo dirigir sus acciones al momento del hecho; que haya actuado bajo "emoción violenta", ya que hizo un pormenorizado relato de los hechos, o se haya tratado de un "exceso en la legítima defensa".

Para el fiscal, el hecho se desencadenó por una "supuesta infidelidad" y recordó que anteriormente la mujer también había atacado a su esposo con un cuchillo y lo había quemado, aunque sin consecuencias graves.

"Actuó por celos, ira, despecho, o por cualquier otra razón,  pero no para defenderse de una posible agresión de Ceresole, que estaba acostado en la cama", consideró el fiscal.

El defensor oficial Javier Marino intentó mejorar la situación de su asistida al sostener fue "espontánea" cuando declaró e hizo hincapié en que el matrimonio tuvo "un vínculo excelente por más de cuarenta años, compartieron vida, familia y fueron felices".

Dijo que el hecho que cambió la relación fue cuando una hija del matrimonio que vivía en la localidad bonaerense de Junín se enfermó gravemente y la mujer viajó hacía allí para cuidarla.

Tras la muerte de la joven, volvió a su casa y notó "un panorama distinto" con su esposo, porque "no había el mismo afecto, (él) estaba distante, había maltrato verbal y físico" e incluso una denuncia por una agresión en enero de 2010, dos meses antes de matar a su marido.

El defensor dijo que el fiscal había omitido decir que el hecho ocurrió cuando el matrimonio "estaba almorzando y viendo televisión, cuando de pronto (ella) vio que su esposo desapareció y (luego lo ve) abrazando a una señora en el pasillo".

"Ella empieza a los gritos, la mujer desapareció, su esposo ingresa (al departamento) y se produce una discusión subida de tono en donde él le hace referencia y reiteradamente que se calle, que la va a matar y se dirige a la cama a descansar", consideró Marino.

Agregó que ella "dolida siguió hablando, el volvió a insistir en que se iba a levantar e iba a matarla e hizo el gesto de incorporarse", pero "en ese momento ella tomó una botella de alcohol que estaba ahí cerca  sobre la mesa" y accionó el encendedor "solo para asustarlo".

Los jueces Ana Dieta de Herrero, Carlos Argeo Binda y Rodolfo Bustos Lambert desestimaron este planteo, que encuadraba el hecho en una "legítima defensa", y resolvieron condenar a la mujer.

Fuente: Télam

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