Las rispideces internas en la Suprema Corte de Mendoza de a poco van mermando a partir de ciertos hechos concretos que ambos "bandos" adoptaron en el último tiempo. El consenso a la hora de elegir a José Valerio como presidente del Consejo de la Magistratura y a Julio Gómez como su suplente, se leyó como un gesto hacia una convivencia menos turbulenta entre los jueces. Este jueves, el presidente del máximo tribunal, Dalmiro Garay, resolvió en ese sentido en una causa delicada para el mundo judicial mendocino.
El momento de máxima tensión que se dio tras la salida de Jorge Nanclares y el proceso que devino luego del nombramiento de Teresa Day, parece haber tomado un rumbo más calmo, mientras se aguarda la definición en plenario respecto a si la magistrada cumple o no los requisitos constitucionales para ocupar el cargo, de la cual la ex coordinadora se excusó de participar para ceder su lugar a la camarista Alejandra Orbelli.
Ahora Garay decidió dar marcha atrás sobre una medida que él mismo había adoptado, y aceptó parcialmente un recurso de los y las funcionarias alcanzadas por la ley que limita la equiparación de sus cargos con magistrados. En concreto, el presidente de la Corte dispuso que el trámite de la medida cautelar presentada por los comprendidos en la norma aprobada en la Legislatura sea resuelta por la Sala Segunda y no por el tribunal en pleno, como él había dictaminado a finales de julio.
Garay decidió que la causa la resuelva la Sala Segunda (Foto: Yemel Fil)
Si bien rechazó los argumentos de los denunciantes respecto a que se habría "arrogado facultades judiciales atribuidas especialmente" a la sala que preside Omar Palermo, acepta que el expediente continúe en esa órbita, sin necesidad de que se expidan todos los miembros del tribunal máximo.
La causa
Luego de que la Legislatura aprobara la ley enviada por el Ejecutivo, 21 personas de las 26 alcanzadas por la norma presentaron una declaración de certeza y un recurso de inconstitucionalidad, que recayeron en la Sala Segunda. Además, vía medida cautelar, reclamaron seguir percibiendo sus salarios tal cual lo cobraban antes de que entrara en vigencia, hasta tanto se resuelvan ambas acciones judiciales.
Los abogados representantes de los funcionarios denunciantes remarcan que la normativa no se atiene a la Constitución Provincial porque viola el principio de no retroactividad de una ley, en el sentido que no debería aplicarse hacia atrás, sino que su efectividad es desde su sanción en adelante.
En cuanto a la declaración de certeza, resaltan que el texto no es claro respecto a su alcance y a las excepciones que plantea. En este punto, cabe destacar que cuando se anunció la ley, se dijo que repercutiría en unos 80 funcionarios equiparados, pero con las modificaciones implementadas en la Legislatura, el número apenas supera la veintena.