10 de abril de 2026
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FALLO

Por orden de la Suprema Corte, todos los jueces seguirán aportando a Osep

La Justicia rechazó la medida cautelar presentada por nueve magistrados, por medio de la cual buscaron no aportar el 5% de su sueldo a la obra social, monto que sería destinado a la financiación de la Ley de Discapacidad que se aprobó recientemente.

La medida cautelar se fundaba en la inconstitucionalidad del artículo 3 de la ley 8373 en cuanto obliga a los magistrados del Poder Judicial de la Provincia a aportar a la obra social de empleados públicos.

Los jueces consideran una violación a la garantía de la intangibilidad consagrada en el artículo 151 de la Constitución provincial, es decir la garantía de la independencia del Poder Judicial, el derecho de propiedad y el debido proceso legal, los derechos adquiridos, a la vez que altera las obligaciones convencionalmente asumidas por el gobierno provincial.

Por su parte, la Suprema Corte rechazó la medida cautelar debido a que considera que el aporte no genera un perjuicio para los magistrados. Por esta razón, los jueces deberán seguir aportando a Osep hasta que se resuelva la posible inconstitucionalidad del artículo 3.

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