La Sala Primera de la Suprema Corte de Justicia rechazó la medida cautelar presentada por seis jueces y tres funcionarios públicos por medio de la cual intentaban evitar aportar el 5% de sus sueldos a Osep para la Ley de Discapacidad.
La Sala Primera de la Suprema Corte de Justicia rechazó la medida cautelar presentada por seis jueces y tres funcionarios públicos por medio de la cual intentaban evitar aportar el 5% de sus sueldos a Osep para la Ley de Discapacidad.
La medida cautelar se fundaba en la inconstitucionalidad del artículo 3 de la ley 8373 en cuanto obliga a los magistrados del Poder Judicial de la Provincia a aportar a la obra social de empleados públicos.
Los jueces consideran una violación a la garantía de la intangibilidad consagrada en el artículo 151 de la Constitución provincial, es decir la garantía de la independencia del Poder Judicial, el derecho de propiedad y el debido proceso legal, los derechos adquiridos, a la vez que altera las obligaciones convencionalmente asumidas por el gobierno provincial.
Por su parte, la Suprema Corte rechazó la medida cautelar debido a que considera que el aporte no genera un perjuicio para los magistrados. Por esta razón, los jueces deberán seguir aportando a Osep hasta que se resuelva la posible inconstitucionalidad del artículo 3.