Un tribunal condenó hoy a tres guardiacárceles por la muerte de 35 internos en el Penal de Varones de la ciudad de Santiago del Estero, ocurridas durante un motín que tuvo lugar el 4 de noviembre de 2007, mientras que otros seis agentes penitenciarios fueron absueltos.
La lectura del veredicto se produjo pasado el mediodía y significó que los tres penados perderán su libertad ambulatoria para cumplir con las sanciones impuestas en dependencias de la Escuela de Oficiales de la Policía de la provincia, Coronel Lorenzo Lugones.
De todas maneras, no será por mucho tiempo que estarán detenidos, debido a que los tres estuvieron presos cuando fueron imputados y procesados en el inicio de la investigación, recordaron fuentes judiciales.
El entonces jefe de la guardia interna, Carlos José Salomón, fue condenado a cinco años de prisión, mientras que para Mariano Cuellar y Manuel Ocampo la sanción fue de cuatro y tres años respectivamente.
Tampoco podrán ejercer cargos públicos durante diez, ocho y cinco años. A los tres se los halló penalmente responsables de homicidio y lesiones graves culposas en concurso ideal de delitos, añadieron los informantes.
En tanto, los magistrados absolvieron a los otros guardiacárceles sometidos a juicio oral. Ellos son: Carlos Sánchez; Adrián Bellido; Segundo González; Osvaldo Martín; Juan Marcelo Coronel y Andrés García.
Por otra parte, el tribunal compuesto por José Luis Guzmán, Élida Suárez de Bravo y Federico López Alzogaray, hizo lugar a dos de las cinco demandas civiles que entablaron los deudos de alguno de los fallecidos contra el gobierno santiagueño.
Para los padres de uno de los jóvenes que murió asfixiado le corresponderán 115.000 pesos más las actualizaciones correspondientes, mientras que para otros progenitores que perdieron a dos de sus hijos en el incidente deberán percibir 230.000 pesos, montos que deberá pagar el Estado provincial.
Según las fuentes, otros deudos de los extintos entablaron el reclamo indemnizatorio en sede civil y otros acordaron el pago de indemnizaciones antes de que comenzara el debate oral en la Cámara en lo Criminal y Correcional de Tercera Nominación.
En cambio, los camaristas aceptaron rechazar el cambio de calificativa legal que habían solicitado la Fiscalía y alguno de los querellantes particulares, pues pretendían que se condenara a prisión perpetua a Salomón y a duras penas a otros trabajadores del Servicio Penitenciario Provincial que estaban en servicio cuando se suscitó la tragedia.
Luego de la lectura del fallo, los familiares de algunas de las víctimas protestaron disconformes en la planta baja del Palacio de Tribunales, sin que se produjeran incidentes debido al despliegue de numerosos efectivos policiales en distintos puntos del edificio.
Según la acusación, aquel domingo de 2007, una vez que se retiraron las visitas, los internos del Pabellón 2 comenzaron una protesta para que se mejoraran sus condiciones de detención y se agilizaran sus causas, para lo cual prendieron fuego a colchones en la puerta reja de acceso.
Las llamas se tornaron incontrolables y los guardiacárceles no pudieron extinguirlas ni abrir el candado de la entrada, por lo que el humo tóxico que emanaba de la combustión del poliuretano de los colchones provocó la asfixia por inhalación de monóxido de carbono de 35 presos y heridas graves a otra decena.