En la provincia de Mendoza hoy se puede ver el delito en tiempo real. Cámaras que registran hechos, sistemas que permiten seguir a un sospechoso y detenciones que se concretan en cuestión de minutos muestran un cambio evidente en la forma de intervenir frente a la inseguridad. Pero ese avance deja al descubierto una contradicción difícil de ignorar: detectar un delito ya no es el problema, sino que el delincuente quede preso y no se termine la llamada puerta giratoria. El problema es qué pasa después en la Justicia.
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Qué es la flagrancia y por qué Mendoza busca frenar la puerta giratoria con más cámaras y detenciones
La tecnología acorta los tiempos de detección, pero la Justicia de la Provincia de Mendoza no siempre responde con la misma velocidad. De qué se trata.
Las cámaras lo registran, los sistemas lo siguen y la Policía puede intervenir en cuestión de minutos. Sin embargo, esa capacidad no implica que el delincuente sea condenado por el heco. La "posta" está ahora en manos de la Legislatura, que debate la actualización del régimen de flagrancia, que busca agilizar los procesos en hechos donde una persona es sorprendida mientras comete un delito o inmediatamente después.
La iniciativa tiene sanción de Diputados y espera ahora el debate en el Senado. El proyecto fue enviado por el Poder Ejecutivo y apunta a modificar el régimen actual para lograr investigaciones más rápidas, mejorar la resolución de causas penales y evitar que casos claros se diluyan en trámites burocráticos o en plazos que resultan insuficientes para reunir pruebas.
Otra discusión son los tiempos de las condenas establecidos en el Código Penal para los delitos comprendidos en la flagrancia.
La utilidad de las cámaras
El crecimiento del sistema de videovigilancia permitió mejorar la capacidad de detección y reacción del Estado. Hoy hay más información, más pruebas y más herramientas para intervenir.
Sin embargo, esa mejora no necesariamente se traduce en resoluciones judiciales rápidas. En particular, en los delitos más frecuentes —robos, hurtos— persiste una distancia entre la detención y la condena.
Esa brecha no es nueva, pero se vuelve más visible en un contexto donde la evidencia es inmediata. Cuando el delito está filmado, cuando el sospechoso es identificado y detenido, la expectativa de una respuesta rápida crece. Y es ahí donde el sistema empieza a mostrar sus límites.
¿La evidencia alcanza?
Un caso sucedido en la Ciudad de Mendoza expone esto: un robo captado por las cámaras permitió seguir al autor y detenerlo en minutos gracias a la intervención de Preventores y la Policía.
Ese tipo de situaciones, que antes podían quedar sin pruebas, hoy cuentan con registros concretos. De acuerdo al sistema actual, el caso deberá seguir un largo proceso judicial.
La flagrancia
En ese punto es donde cobra importancia el debate por el régimen de flagrancia en la Legislatura provincial. Se trata de una propuesta del Gobierno para intentar adaptar el sistema judicial a esa nueva realidad: delitos que se registran en tiempo real, con evidencia directa y autores identificados casi de inmediato.
Si el hecho está claro, si la prueba es inmediata y si la detención ocurre en el momento o poco después, la lógica indica que el proceso debería ser más corto.
A qué delitos alcanza
El régimen en debate apunta a "fortalecer la respuesta penal y agilizar la aplicación de penas y abordajes específicos en casos donde el imputado es sorprendido in fraganti, especialmente en delitos como robos, hurtos o encubrimientos, entre otros".
Hay que aclarar que no se limita únicamente al momento exacto en que se comete el delito, sino que abarca distintas situaciones que permiten presumir la autoría inmediata del hecho. Según el Código Procesal Penal, se considera flagrante cuando el delito es advertido:
- Al intentar cometerlo.
- Durante la comisión del hecho.
- Inmediatamente después, cuando el autor es perseguido por la víctima o la fuerza pública.
- Cuando el sospechoso posee objetos o elementos que evidencian que acaba de cometer el delito.
En realidad la flagrancia ya está vigente en Mendoza, pero este proyecto busca una reorganización interna del Ministerio Público Fiscal. La Procuración General deberá conformar equipos especializados para el impulso, litigación y soporte técnico de las causas de flagrancia, con dedicación exclusiva y formación específica. El proyecto también ordena que la Suprema Corte y los organismos de gestión adecuen sus protocolos y turnos para asegurar que los plazos previstos en la ley se cumplan efectivamente en toda la provincia.
Además, la iniciativa fija un plazo para que el Ministerio Público Fiscal solicite la audiencia inicial tras la aprehensión o imputación, con posibilidad de extenderlo cuando sea necesario producir pruebas básicas. El procedimiento incluye una audiencia de finalización que debe realizarse en un plazo acotado y con sentencia dictada en el mismo acto, salvo excepciones. Las causas que correspondan a juicio por jurado continúan excluidas de este trámite.