Silenciadores y miras nocturnas para armas: el Gobierno los habilitó y fijó los requisitos para tenerlos
El Registro Nacional de Armas reglamentó la tenencia y registración de estos dispositivos para usuarios civiles. La medida establece restricciones para su utilización y completa los cambios introducidos meses atrás en la normativa nacional.
El Gobierno reglamentó la tenencia y registración de silenciadores, moderadores de sonido y miras nocturnas para armas de fuego.
El Gobierno nacional avanzó con la reglamentación para la tenencia, registración y utilización de silenciadores, moderadores de sonido y miras nocturnas para armas de fuego, elementos que hasta hace pocos meses estaban incluidos dentro del material de uso prohibido.
La medida quedó formalizada este jueves mediante la Resolución 48/2026 del Registro Nacional de Armas (RENAR) y establece las condiciones que deberán cumplir los legítimos usuarios que pretendan registrar este tipo de dispositivos.
Uno de los cambios más importantes fue precisamente la reclasificación de los supresores o moderadores de sonido y de las miras nocturnas, que dejaron de estar considerados elementos de uso prohibido y pasaron a integrar la categoría de material de uso civil condicional.
Esto no significa, sin embargo, que su utilización sea irrestricta.
Dónde podrán utilizarse los silenciadores
En el caso de los supresores o moderadores de sonido, la normativa establece límites específicos para su utilización.
Los legítimos usuarios podrán emplearlos exclusivamente para actividades de tiro desarrolladas en polígonos, predios o pedanas habilitados, autorizados e inscriptos ante el Registro Nacional de Armas.
De esta manera, la habilitación para adquirirlos o registrarlos no implica que puedan ser utilizados libremente fuera de esos espacios.
Los silenciadores son dispositivos que se colocan en un arma de fuego para reducir el ruido generado durante el disparo. Hasta la modificación normativa impulsada este año por el Gobierno nacional estaban incluidos entre los materiales expresamente prohibidos para los usuarios civiles.
Qué pasa con las miras nocturnas
También cambió la situación de los dispositivos o miras nocturnas diseñados para ser colocados en armas de fuego, entre ellos los sistemas infrarrojos, amplificadores de luz residual y tecnologías similares.
Estos elementos también pasaron de la categoría de uso prohibido a la de uso civil condicional.
En este caso, la normativa dispone que las miras nocturnas solamente podrán utilizarse en actividades lícitas de carácter recreativo, además de quedar sujetas a las exigencias de registración establecidas por el RENAR.
La reglamentación publicada este jueves termina de definir el procedimiento administrativo necesario para incorporar legalmente estos elementos al régimen de materiales controlados.
Los otros cambios que introdujo el Gobierno en el régimen de armas
La habilitación de silenciadores y miras nocturnas forma parte de una reforma más amplia sobre el régimen nacional de armas.
El Decreto 306/2026 también modificó requisitos relacionados con la condición de legítimo usuario (CLU) y estableció la obligación de acreditar idoneidad para el manejo de armas mediante una certificación extendida por instructores de tiro registrados y vigentes ante el organismo nacional.
Asimismo, se modificaron aspectos vinculados con la portación y tenencia de armas y con determinados tipos de municiones.
Entre otras medidas, el nuevo esquema mantiene la prohibición general sobre las municiones con proyectiles expansivos, pero habilita su utilización para fuerzas de seguridad federales, policías y servicios penitenciarios.
Al mismo tiempo, fueron incorporados expresamente entre los elementos prohibidos los dispositivos capaces de transformar un arma semiautomática en automática y las municiones con puntas perforantes.
Con la nueva resolución, el Gobierno termina de reglamentar uno de los puntos que había quedado pendiente desde la reforma de mayo: cómo deberán registrarse y bajo qué condiciones podrán poseerse los silenciadores, moderadores de sonido y miras nocturnas que ahora quedaron habilitados para usuarios civiles.