La Legislatura de Mendoza dio media sanción a la ley Antiguantaderos
La Legislatura de Mendoza dio media sanción a la ley Antiguantaderos que establece un régimen de intervención de inmuebles abandonados utilizados para actividades delictivas.
La Legislatura de Mendoza dio media sanción a la ley Antiguantaderos.
La Legislatura de Mendoza otorgó media sanción este miércoles a la ley Antiguantadero, impulsada por el Ejecutivo para establece un régimen de intervención de inmuebles abandonados utilizados para actividades delictivas. El peronismo, aunque apoyó los fines del proyecto, lo cuestionó por "falencias jurídicas".
La iniciativa toma como base la Resolución Nº 5425/25, del Ministerio de Seguridad y Justicia, que estableció un protocolo para actuar preventivamente junto con los municipios sobre propiedades que son usadas como refugio, lugares de ocultamiento, acopio o comercialización de estupefacientes, o como espacios vinculados con la planificación y ejecución de delitos.
Lo que se propone es un régimen de intervención administrativa, preventiva y excepcional ante inmuebles que, por su estado de abandono, ocupación irregular o vinculación con actividades delictivas, puedan representar un riesgo para la seguridad pública y la convivencia vecinal.
Críticas del peronismo al proyecto
El proyecto se aprobó en la Cámara de Diputados con 34 votos afirmativos y 10 negativos. El sector peronista planteó diversos cuestionamientos, incluso el diputado Germán Gómez (PJ) habló de "mamarracho jurídico". En tanto, Lucas Ilardo (Fuerza Patria) puso en duda su eficacia y advirtió que tiene "suficientes problemas jurídicos, medidas irreversibles, y control judicial solo cuando el daño ya estará hecho".
Éstos confirmaron el avanzado estado de abandono de la propiedad y su utilización para actividades vinculadas al delito.
Foto: Prensa Gobierno de Mendoza
Ilardo afirmó que el texto de la norma incurre en una "flagrante contradicción constitucional" por el "avance del Estado sobre la propiedad privada", un derecho consagrado en el artículo 16 de la Carta Magna provincial. Además, cuestionó que la propuesta incluya conceptos "extremadamente amplios y subjetivos", abriendo la puerta a una "total discrecionalidad que debilita las garantías básicas de cualquier ciudadano".
El legislador también expuso que existe una "ausencia de control judicial" previo para las medidas más drásticas e irreversibles, como la demolición total; y alertó sobre la "incertidumbre procedimental" en uno de los artículos del proyecto, respecto a los cinco días hábiles que se otorgan al propietario para formular una oposición, sin definir el plazo de respuesta del Ministerio de Seguridad y Justicia, "lo que deja abierta posibilidad de que la demolición se ejecute antes de resolver el descargo", planteó.
Intervención sobre inmuebles en estado de abandono
Según el proyecto, existen inmuebles cuyos propietarios han perdido, de hecho, la posibilidad de ejercer adecuadamente las facultades de uso, goce, custodia y disposición sobre sus bienes; y plantea que estas situaciones generan una doble afectación: por un lado, perjudican al propietario, cuyo inmueble queda expuesto al deterioro, la destrucción o la ocupación ilegítima; y por otro, afectan la tranquilidad y seguridad de vecinos, comerciantes e instituciones ubicadas en las inmediaciones.
El procedimiento se iniciará con un pedido que puede tener origen en un informe, nota o denuncia policial, municipal, de cualquier organismo público o privado, a requerimiento judicial o a pedido de algún particular. El dueño de la propiedad en cuestión será notificado antes de cualquier intervención. Si resulta conveniente actuar sobre el inmuble, las acciones previstas son:
Tapeo
Cerramiento o clausura parcial o total del inmueble
Demolición parcial controlada o retiro de elementos en riesgo de colapso
sellado o precinto de accesos, ventanas o aberturas
En casos en los que el inmueble se encuentre ocupado de manera permanente, la intervención administrativa no podrá avanzar, ya que cualquier medida vinculada con la posesión o el desalojo deberá tramitarse exclusivamente por la vía judicial.
Actualmente, con este protocolo ya fueron realizadas 20 intervenciones administrativas preventivas y 13 demoliciones de inmuebles en Ciudad de Mendoza, Godoy Cruz, Las Heras, Guaymallén y Maipú.