21 de marzo de 2026
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Dudas sobre el traspaso

El acuerdo "confidencial" de Potasio Río Colorado: qué dice la empresa

Minera Aguilar, nuevo concesionario, respondió al pedido de explicaciones de Fiscalía de Estado. Cómo sigue la aprobación del contrato de Potasio Río Colorado.

Los interrogantes sobre la confidencialidad de algunos términos del contrato por el que el Gobierno de Mendoza volvió a concesionar el proyecto Potasio Río Colorado escribe un nuevo capítulo. Es que la nueva empresa concesionaria, Minera Aguilar, salió a responder al pedido de explicaciones formulado por Fiscalía de Estado.

El contrato entre Minera Aguilar y el Gobierno mendocino se firmó el pasado martes 12 de setiembre. Ese día, ejecutivos del recientemente conformado consorcio argentino-brasilero Compañía Minera Aguilar Potasio S.A., recorrieron la planta de Malargüe, aunque aún falta para la toma de posesión efectiva de los activos del proyecto minero.

Según lo pactado, la Provincia de Mendoza le vende 88% de las acciones y votos de PRC S.A.U. a CMAP. El convenio incluye en su cláusula 8.6 un compromiso de confidencialidad respecto de los términos del contrato.

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Qué dice el concesionario de Potasio

Al respecto, la firma, a través de su CEO, Nicolás Mallo Huergo, salió a "aclarar el contenido y alcance del compromiso de confidencialidad" acordado con la Provincia. Y da luz verde a su difusión, al admitir que no puede "impedir o restringir el derecho de acceso a la información pública" por parte de la Provincia en función de sus "obligaciones legales".

"CMAP acepta y reconoce que el Poder Ejecutivo provincial tiene el derecho de compartir el contenido del Contrato con la Legislatura provincial para la obtención de la condición establecida en la cláusula 4.1(a)1 del Contrato, y otros organismos del Gobierno de la Provincia de Mendoza en tanto fuera requerido o necesario", aclara, respecto a lo solicitado por la Fiscalía en su dictamen.

Asimismo, según Mallo "la finalidad de la confidencialidad contractual, tal como fuera establecida en la cláusula 8.6 del Contrato, atañe a información comercial, industrial o tecnológica de las partes o de PRC S.A.U. cuya protección es necesaria para el desarrollo de la actividad económica de forma competitiva y eficiente".

En tal sentido, la firma "reconoce, acepta y declara conocer cuales son las obligaciones legales de la Provincia de Mendoza y sus organismos gubernamentales respecto de la transparencia de sus actos". Y así, autoriza al Gobierno a "divulgar información caracterizada como confidencial en el Contrato al poder legislativo provincial y otros organismos estatales".

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