Con el objetivo de simplificar el camino hacia la casa propia y reducir las demoras administrativas, el Instituto Provincial de la Vivienda oficializó una modificación fundamental en el reglamento del programa Mi Casa. La medida representa un alivio directo para los postulantes, quienes hasta ahora enfrentaban plazos muy estrictos para validar su capacidad de pago.
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El IPV flexibiliza un requisito clave para que más familias accedan al plan Mi Casa
El Instituto Provincial de la Vivienda busca agilizar las adjudicaciones y evitar que los trámites se caigan por vencimientos burocráticos.
De acuerdo con lo reportado en el Boletín Oficial, el organismo amplió de dos a seis meses el plazo de antigüedad permitido para los comprobantes de ingresos del grupo familiar. Este dato es el que se utiliza para determinar el plan de pago y el valor de la cuota inicial al momento de la entrega de la vivienda.
IPV: fin de un obstáculo burocrático
La experiencia en la implementación del programa había demostrado que el plazo anterior de apenas 60 días resultaba "restrictivo". Muchas familias, debido a los tiempos naturales de los procesos administrativos y legales de adjudicación, veían cómo sus bonos de sueldo vencían antes de completar el trámite, lo que generaba un círculo vicioso de actualizaciones y demoras operativas.
Con este cambio, el IPV otorga mayor flexibilidad sin comprometer la veracidad de la información financiera. De esta manera, se garantiza que el proceso de cálculo de la cuota sea más fluido y que el acceso a la vivienda sea oportuno.
Detalles de la medida
La resolución, que ya cuenta con el aval de las áreas técnica, financiera y legal del instituto, establece puntos clave para los beneficiarios:
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Mayor vigencia: los ingresos familiares presentados ahora tienen una validez de 6 meses al momento de conformar el plan de pago.
Sin efecto retroactivo perjudicial: la nueva regla se aplica de pleno derecho a todos los trámites que estén en curso y que aún no hayan conformado su plan de pago.
Protección del ingreso: se mantiene la política de que la cuota no exceda el 20% o 30% del ingreso familiar (o el 15%/20% en casos de discapacidad legalmente acreditada), asegurando la sostenibilidad del crédito para el adjudicatario.
Desde el Honorable Directorio del IPV destacaron que esta modificación no altera los criterios de selección ni la fórmula de cálculo, sino que mejora la eficiencia del sistema. Al extender los plazos, se evita que los expedientes deban ser revisados múltiples veces por el solo vencimiento de la documentación, lo que permitirá entregar las viviendas con mayor rapidez.
Cabe aclarar que los que tengan un expediente en trámite, esta medida se aplica de forma automática. No es necesario realizar nuevas presentaciones si tu documentación de ingresos tiene menos de seis meses de antigüedad al momento de definirse tu plan de pago.