Piedemonte: es ley una de las primeras propuestas de Rodolfo Suarez
Diputados sancionó la norma que regula la planificación del Piedemonte y la Precordillera en el área metropolitana. Había ingresado a la Legislatura en 2020.
Se trata de una de las iniciativas que el mandatario anunció en su primer discurso de apertura en la asamblea legislativa, el 1° de Mayo de 2020, que obtuvo media sanción del Senado el pasado 9 de agosto. La norma fue acompañada por todas las fuerzas, a excepción del Partido Demócrata, que votó negativamente.
A lo largo de estos dos años, el texto original recibió modificaciones y aportes de especialistas en la materia y la oposición, fundamentalmente en el Senado. Su objetivo es regular las actividades en esas zonas para preservar su función ambiental, compatibilizando la conservación y el desarrollo territorial, estableciendo estrategias de mitigación de impactos y considerando los riesgos existentes o que puedan detectarse a futuro.
La normativa surgió a partir de la aprobación de la Ley de Ordenamiento Territorial y por lo tanto, se debe trabajar de manera articulada en las áreas del piedemonte. “El Piedemonte es una unidad ambiental con una dinámica que funciona de manera unificada, con criterios naturales, y que exceden a la jurisdicción de los municipios”, se indicó durante su tratamiento en comisiones.
Funcionarios de la Secretaría de Ambiente explicaban en aquel momento que la urbanización sobre el piedemonte se ha expandido de forma desorganizada, y por ello se han realizado estudios técnicos y científicos para tratarlo “de manera aluvional”, con el cuidado especial de las cuencas.
Con amplia mayoría la Cámara @DiputadosMza convirtió en Ley el proyecto que establece como área Interjurisdiccional a la Precordillera y Piedemonte del Área Metropolitana. Esta herramienta permite generar mayor control en materia Ambiental y de Ordenamiento Territorial. pic.twitter.com/pucKk8oRgC
El proyecto también contó con el aporte de los equipos técnicos de los cuatro municipios que integran el piedemonte (Capital, Las Heras, Godoy Cruz y Luján de Cuyo) y de organismos como la Dirección de Hidráulica, EPAS, EPRE e incluso el Departamento General de Irrigación, entre otros.
La nueva ley define criterios mínimos obligatorios de ocupación para todo el piedemonte, a partir de los cuales los municipios podrán actualizar sus códigos o zonificaciones.
Además, se determinan medidas y procedimientos para planificar el desarrollo de zonas aún no ocupadas y deberá cumplimentar exigencias ambientales en áreas ya urbanizadas, considerando el criterio de peligro aluvional. Otro de los puntos estipulados es que deberá establecer áreas de protección ambiental con acceso público para garantizar el uso y disfrute por parte de todos los ciudadanos.
Se pretende así unificar y actualizar los criterios para definir dónde y cómo construir y en qué zonas no se podrá por amenaza aluvional, como cauces y laderas inestables.
Diputados le dio sanción definitiva a la ley que regula la construcción en la precordillera y el Piedemonte
Foto: Prensa Legislatura de Mendoza
En los casos donde haya construcciones previas, se requerirán los estudios ambientales correspondientes y se evaluarán de manera participativa con la población local y los organismos pertinentes las obras necesarias para mitigar amenazas aluvionales e impactos ambientales negativos. También se evaluará el camino a seguir con la infraestructura de servicios de agua y saneamiento, electricidad o gas.
Quienes incumplan con esta normativa, serán pasibles de ser sancionados con una multa cuyo valor podrá graduarse entre 5.000 UF ($150.000 a valores de hoy) y hasta 50.000 UF ($1.500.000).