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Polémica

Legisladores mendocinos piden explicaciones a Milei por el recorte de facultades a la UIF

Dos radicales y un peronista pusieron la firma a un proyecto para reclamar al Gobierno nacional justificaciones de por qué se avanzó con esa medida, que impide al organismo actuar como querellante en causas penales.

Por Sitio Andino Política

A través del decreto 274/2025, el Gobierno de Javier Milei oficializó una decisión de fuerte impacto institucional: la Unidad de Información Financiera (UIF) dejará de actuar como querellante en causas judiciales por lavado de activos y corrupción. Un grupo de legisladores nacionales -entre ellos tres mendocinos- presentaron un proyecto para exigir explicaciones a Casa Rosada.

La disposición sobre la UIF que generó cuestionamientos al Gobierno

La medida deja sin efecto un decreto de 2008 que habilitaba esa función, e implica que el organismo se retire de casi 200 expedientes en curso, en su mayoría de investigaciones sobre delitos asociados a la corrupción, el narcotráfico y el lavado de dinero.

El Gobierno justifica su decisión en lineamientos del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), el organismo internacional que fija estándares globales contra el lavado de activos y cuya evaluación puede condicionar el acceso al crédito de los países.

Unidad de Información Financiera, UIF Argentina.webp

La Unidad de Información Financiera fue limitada en sus facultades.

Argumenta, además, que en muchos países similares la UIF no tiene facultades de querellante. Sin embargo, los críticos consideran que el organismo es clave para impulsar causas sensibles, especialmente cuando los fiscales muestran "escaso compromiso".

El pedido de informes de legisladores mendocinos a Javier Milei

La decisión fue cuestionada por un grupo de diputados nacionales de diferentes bloques legislativos, quienes presentaron un pedido de informes para que el Poder Ejecutivo explique los fundamentos del decreto.

“Para combatir al crimen organizado hay que pegarle donde más le duele: en lo financiero”, expresó el mendocino Julio Cobos (UCR), impulsor de la iniciativa. El exgobernador advirtió que la UIF posee la mejor información para actuar en este tipo de causas.

“¿Qué sentido tiene limitarle esa facultad? ¿No se beneficia a los evasores y narcos?”, se preguntó en sus redes sociales. Además, calificó la medida como un “retroceso en las políticas de integridad institucional”.

Por su parte, Maximiliano Ferraro, diputado de la Coalición Cívica, fue aún más duro: “Nada más turbio que impedir que la UIF actúe como querellante en causas de corrupción, lavado de dinero y crimen organizado. El decreto de hoy protege a los delincuentes y deja a la sociedad a merced de algún fiscal voluntarioso”, escribió. Ferraro remarcó que la UIF ha sido una herramienta clave contra la impunidad en las causas más graves del país.

El proyecto lleva la firma también de otros dos mendocinos: el compañero de banca de Cobos, Lisandro Nieri, y el representante de Unión por la Patria, Martín Aveiro.

El titular del Tribunal Fiscal defendió la medida del Gobierno nacional

El presidente del Tribunal Fiscal de la Nación, Miguel Nathan Licht, sumó otra perspectiva al debate, con un enfoque jurídico sobre los límites del poder administrativo. En una extensa publicación en redes sociales, el jurista consideró cuestionable que la UIF actúe como querellante, ya que se trata de un organismo administrativo y no judicial.

“Querellar convierte a la UIF en auxiliar de la justicia, lo que entra en tensión con la separación de poderes”, explicó. Para ilustrarlo, comparó el funcionamiento del sistema estadounidense, donde agencias como la SEC pueden iniciar demandas civiles, pero no penales. En el caso de delitos, quienes actúan son los fiscales del Departamento de Justicia.

Licht advirtió, además, sobre un problema estructural: el de ciudadanos comunes —como contadores, comerciantes o abogados— convertidos por ley en “sujetos obligados”, es decir, vigilados, cargados de deberes y pasibles de sanción administrativa, sin haber firmado contrato ni recibido contraprestación estatal alguna. “No todo ciudadano es, por defecto, un administrado”, sentenció.

Desde su visión, sancionar sin vínculo institucional claro ni consentimiento resulta incompatible con los principios constitucionales. Y remarcó que no basta con que exista una revisión judicial posterior: “El proceso es la garantía, no un mero trámite de apelación”.

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