El Senado de Mendoza tratará este martes —y convertirá en ley— la enmienda constitucional para consagrar la autonomía municipal. El oficialismo cuenta con los votos necesarios para alcanzar los dos tercios que exige la propia Carta Magna para ser modificada.
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La autonomía municipal será ley: por qué el radicalismo rechaza los aportes del PJ
La enmienda constitucional se trata en el Senado y el peronismo hará el último intento por modificar el texto que llegó de Diputados. Qué pide la oposición y cómo sigue el proceso.
Sin embargo, la mini reforma (solo se retocará un artículo) no saldrá por unanimidad, como en algún momento había previsto el Gobierno provincial. El proyecto enviado por el Ejecutivo no dispondrá del acompañamiento del peronismo en su conjunto (tanto del nuevo interbloque “Encuentro Mendocino” como de Fuerza Patria), que exige algunos cambios a la media sanción de Diputados y no serán tenidos en cuenta por el radicalismo.
Los pedidos del PJ para acompañar la autonomía municipal en la Legislatura
Durante el “tratamiento exprés” en comisiones de la semana pasada, la bancada del PJ expresó algunas disidencias con el texto que llegó de la Cámara Baja, aunque —según las autoridades de la UCR— no se formalizaron como pedido.
No obstante, desde el peronismo indicaron a este medio que, de ser tenidos en cuenta ciertos cambios que proponen, reconsidearían su posición y podrían acompañar el expediente. El bloque hará una última intentona en la reunión de labor parlamentaria, así como en la propia sesión, pero difícilmente tenga rebote. Un acuerdo de último momento provocaría que el proyecto reciba modificaciones y deba volver a Diputados para recibir sanción final. No más que un mero trámite, ya que se votaría el miércoles. Aunque esa alternativa —por el momento— es descartada de plano por Cambia Mendoza, que quiere tener la enmienda aprobada hoy mismo.
El Justicialismo propone —entre otras cuestiones— la eliminación de algunos párrafos de la nueva redacción del artículo 197 contenida en el proyecto. Una de ellas es la inclusión de la coparticipación municipal como un principio/precepto constitucional. “Es encorsetar un concepto dinámico, como lo es la coparticipación, a un diseño rígido como la Constitución”, planteó en la reunión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) la titular de la bancada, Adriana Cano.
Puso como ejemplo el reciente acuerdo entre el Gobierno provincial y Casa Rosada para que Nación adelante fondos de la "copa" nacional, por el que algunos municipios alzaron la voz para obtener un pedazo de esa torta que reciba Mendoza.
Desde el Ejecutivo, por su parte, argumentan que la incorporación del reparto de fondos en el plexo constitucional es para evitar que cualquier gobierno derogue la ley de coparticipación y se avance hacia un esquema discrecional de distribución de recursos hacia los municipios.
“No se modifica el esquema actual, ni se imponen porcentajes; solo se protege la ley vigente (y futura, si en algún momento es modificada) para sostener un marco legal que regule la coparticipación. Se evita que una mayoría circunstancial pueda derogar la Ley de un plumazo y volver a un sistema de reparto inequitativo y direccionado por el poder turno”, explicó una fuente de Gobierno.
Por otro lado, el peronismo puso el ojo en el agregado que se hizo en Diputados al texto original, que sumó un compromiso para que la Legislatura elabore una ley marco para la formación de regiones entre los municipios. La oposición considera que esa cláusula podría representar una inconstitucionalidad. Puntualmente, en el espacio sostienen que el compromiso de avanzar en una ley de regionalización entraría en tensión con el artículo 199, que establece cómo deben conformarse los Concejos Deliberantes. Según esa interpretación, avanzar en una reorganización territorial mediante otra ley configuraría un exceso sobre el marco constitucional vigente.
En este punto, en el Ejecutivo aclararon que se trata de una cuestión administrativa, que no elimina ni se inmiscuye en los Concejos Deliberantes. “Serán los propios municipios, los que por conveniencia, acuerdo y propia voluntad decidan con qué otros conformar una región. Pero bajo ningún concepto se eliminan o reordenan los concejos deliberantes muncipales, porque en ese caso sí se incurriría en una inconstitucionalidad”, explicaron a este medio.
Otro aspecto que ya abordó el PJ en Diputados es que la autonomía que consagra la enmienda no es plena, ya que —por ejemplo— mantiene el poder concentrado en los intendentes y sostiene las restricciones actuales a la hora de crear nuevos municipios. Es decir, si la ciudadanía de un distrito que pretende ser autónomo —tales los casos históricos de Bowen (General Alvear), Palmira (San Martín) o Uspallata (Las Heras)—, reimpulsa esa iniciativa, no será el Concejo Deliberante el ámbito de discusión, sino la Legislatura. Tampoco se establecen mecanismos de autogobiernos comunales, algo que reclaman varios constitucionalistas. Cabe destacar que para que ello se establezca, sería necesaria una reforma integral, y no de un solo artículo, como se trata en este caso.
Así las cosas, el terreno está allanado para que el radicalismo —junto a los aliados libertarios y de otros espacios afines— avance con la autonomía municipal en la Legislatura. En simultáneo, la Suprema Corte debe resolver el presunto "conflicto de poderes" presentado por las autoridades de ambas cámaras (Andrés Lombardi y Hebe Casado) por el proceso iniciado por San Rafael el año pasado, que fue el disparador del expediente que hoy debate el Senado. En caso de que el máximo tribunal haga lugar al recurso, la elección de convencionales municipales de febrero quedaría suspendida y debería —a menos que los jueces otorguen una exepción— realizarse una nueva convocatoria.
Autonomía municipal: qué dice el proyecto de enmienda constitucional del Gobierno
La iniciativa consta de una enmienda del artículo 197 de la Carta Magna, para incorporar la autonomía municipal en los 18 departamentos. Aquellas comunas que decidan no hacerlo continuarán regidas por la Ley Orgánica de Municipalidades.
El texto establece que, en el ejercicio de su autonomía, los municipios organizarán sus instituciones, competencias y procedimientos dentro de las materias propias del orden local, sin invadir atribuciones provinciales o nacionales. A su vez, se deja explícito que la Provincia garantizará la participación comunal en el régimen de coparticipación.
La enmienda tiene los siguientes ejes:
- Reconocimiento formal de la autonomía municipal en la Constitución.
- Habilitación para que los municipios dicten su propia carta orgánica. Una vez sancionada, cada Convención Municipal notificará a la Legislatura el texto sancionado, en un plazo de treinta días.
- Restricción a la creación de nuevos impuestos municipales.
- La autonomía no será obligatoria: cada municipio podrá decidir si dicta su propia carta orgánica.
- La Legislatura elaborará una Ley Marco de formación de regiones entre los municipios.
Cómo continúa el proceso de enmienda constitucional en Mendoza
De obtener la sanción final en el Senado (sin modificaciones), los próximos pasos serán el sometimiento de la enmienda a una consulta popular, que se realizaría en las elecciones provinciales de 2027. Si la mitad más uno de los electores avala la reforma, el Ejecutivo deberá promulgarla y entrará en vigencia.