La reforma del Código Procesal Laboral es uno de los proyectos insignia de este año que envió el Ejecutivo para avanzar con sus reformas para agilizar la Justicia provincial. Este miércoles, en Diputados, la iniciativa fue aprobada con algunas reformas y vuelve al Senado, donde obtendría sanción final sin mayores inconvenientes gracias al voto oficialista más aliados.
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Código Procesal Laboral: qué cambió para que quede a un paso de la aprobación final
En la Cámara baja, y tras aceptar una serie de modificaciones por parte de dos "¿ex díscolos?" como el massista Guillermo Pereyra y el demócrata Marcos Niven, la norma prosperó, aunque con algún rezongo del diputado del Pro, Pablo Priore, que acompañó para no dañar la "gobernabilidad".
Así, la norma vuelve al Senado en segunda revisión gracias al aporte de Pereyra y Niven, con quienes el oficialismo parece haber reencauzado la relación tras haber descartado la reforma y ampliación de la Suprema Corte, donde fue el diputado ganso quien batalló duramente en contra.
Ahora bien, las reformas fueron, fundamentalmente, en los artículos 1°, 5 bis, 21 y 38.
El artículo quedó redactado de otra manera, indicando la "Competencia por materia de las Cámaras del Trabajo", estableciendo que dichas Cámaras conocerán en única instancia y en juicio público, oral y continuo diversas acciones en forma originaria - como en las acciones de amparo, tutela sindical y/u otros derechos sindicales protegidos por la legislación vigente, efectuadas por cualquier trabajador y/u organización sindical que, invocando un derecho o interés legítimo, considere lesionados derechos fundamentales en el ámbito de las relaciones jurídicas cuyo conocimiento corresponda a la jurisdicción laboral; de acuerdo al procedimiento establecido en el presente y de conformidad a la Ley Nº 23551 - y en grado de apelación - como en los reclamos que correspondan a trabajadores de casas particulares".
En tanto, en el artículo 5 bis, se agregó que "los jueces del trabajo y los miembros de la Suprema Corte de Justicia, no podrán ser recusados sin expresión de causa. Regirán para los mismos los causales de excusación y recusación establecidas por el código de procedimiento en lo civil, comercial y tributario".
Asimismo, en el artículo 21 (que modifica el artículo 51 del Código Procesal Laboral), donde se habla de la audiencia de la causa, cambió parte del texto para establecer que "se invitará a las partes a una conciliación, u otra forma de solución de conflictos que acordarán en la audiencia. En caso de fracaso, la causa seguirá según su estado".
Por último, en el artículo 38 de la ley se incorpora la noción de "amparo sindical".
Según explicó el subsecretario de Trabajo, Carlos Segura, "radica fundamentalmente en un procedimiento mucho más corto, en consonancia con el espíritu del proyecto que busca acortar los plazos".
Así, se dispone que en las acciones de amparo, tutela sindical y/u otros derechos sindicales protegidos por la ley sindical, la Cámara ordenará que comparezcan las partes a una audiencia de conciliación, que se fijará dentro del plazo de diez (10) días para que, previo oír la demanda, intenten conciliar el litigio.
Sigue la polémica por los honorarios a peritos
La sanción inicial en el Senado indicaba que cambiaba la forma de pago a los peritos contables que actúan en las causas laborales. El método pasa a un monto fijo por pericia que se abona en breve, cuando hasta hoy se hace por porcentaje (4%) del monto final que fija la sentencia (puede durar años).
Según Carlos Segura, "fueron atendidos algunos de los pedidos de las asociaciones y consejos profesionales, y hubo un aumento en los montos". Con la modificación, el monto que se había fijado en casi 5 mil pesos en promedio, pasa ahora a unos 6 mil pesos.
Julián Sadofschi, perito contable, fue uno de los que alzó la voz en contra de los montos fijos porque adujo que causa que los especialistas no se inscriban o que lo hagan aquellos que tienen menos experiencia. "En definitiva, lo que hace es dañar la calidad del sistema judicial. Además, se va a venir una presentación de inconstitucionalidad por cada perito", comentó a este diario Sadofschi, quien insistió en los honorarios por porcentaje.
El Senado espera
Tanto en la Cámara alta como en la baja, el debate por la reforma del Código Procesal Laboral tuvo grandes críticas de la oposición, que no acompañó en ninguna de las sesiones.
El blanco de los mayores ataques fue la "caducidad de instancia", esto quiere decir que el demandante tiene una año para que el expediente se mueva, si no, será notificado y la demanda caerá (aunque no prescribirá). Tanto desde el PJ como desde Unidad Ciudadana (kirchnerismo) apuntaron a que es una normativa contra los trabajadores.
"No se debatió lo suficiente, no se admitió ninguna de la sugerencias que trajimos. Es un código que viene a restringir los derechos laborales", afirmó la titular del bloque PJ en Diputados, Carina Segovia.
Ahora bien, más allá de las quejas de la oposición, con las modificaciones, serán los Senadores quienes tienen en sus manos la sanción final. Una opción es insistir con la sanción inicial o votar el texto con las modificaciones que llegan de Diputados (cualquiera de las dos opciones obtienen luz verde con mayoría simple).
La especulación es que hagan lo segundo, tal como pasó con el Código de Faltas. Para ello, la bancada de Cambia Mendoza sabe que cuenta con el ahora monobloque "MasFe" del pastor Héctor Bonarrico, que dejó a Protectora de lado y se ha convertido en un aliado de las iniciativas del Gobierno.