El Tribunal de Gestión Judicial, con la firma de la jueza Cecilia Landaburu, condenó al hospital Luis Lagomaggiore a indemnizar a una pareja que perdió a su bebé recién nacido por un caso de mala praxis por parte de los médicos de ese centro asistencial.
Los padres vivieron un verdadero calvario que terminó con el fallecimiento de la menor, a pocos días de haber nacido. De esta forma, los damnificados recibirán cerca de medio millón de pesos, tal como lo estableció el fallo judicial.
Según la demanda, todo se inició el 15 de julio del 2009, cuando Paula Ríos, acompañada de su pareja, Andrés Olmos, llegaron al Centro de Salud Nº 30 de Godoy Cruz, donde los médicos determinaron que debía ser internada de inmediato para dar a luz a su segundo hijo.
Ríos atravesaba su semana 39 de gestación y el tamaño de la bebé era considerable, por lo que los médicos de ese centro asistencial indicaron que debía realizarse una cesárea, más aún teniendo en cuenta que el primer bebé lo había tenido por esa vía.
En el Lagomaggiore, la mujer fue revisada por médicos de guardia y un profesional residente determinó que quedara internada, pues aún no tenía trabajo de parto.
Un día después, Ríos fue dada de alta, y le indicaron que regresara el 24 de ese mes, salvo que sufriera rotura de bolsa y contracciones. Eso mismo fue lo que ocurrió a los tres días, por lo que Ríos regresó al centro asistencial. Pero los médicos, luego de analizarla, ordenaron que regresara a su casa.
El 24 de julio la mujer regresó una vez más al Lagomaggiore, donde fue sometida a dos monitoreos fetales. El primero duró 15 minutos y la beba sólo se movió una vez gracias al estímulo constante que realizaban los médicos. El otro, duró media hora.
A pesar de esto, Ríos regresó a su domicilio y al otro día rompió bolsa. Según la denuncia, ese día permaneció sin atención y recién el 26 en la madrugada fue atendida por una médica.
Fue así que iniciaron trabajo de pre parto, pero como la bebé no salía, la operaron y luego, ejerciendo presión sobre el vientre de la madre, lograron dar a luz a la bebé, Estrella Ángeles, que nació pesó 4.600 gramos y medía 57 centímetros.
Sin embargo, la nena nació sin vida, por lo que fue llevada de urgencia al sector de Neonatología donde los médicos diagnosticaron que había ingerido materia fecal y que había sido estrangulada por el cordón umbilical.
A pesar de esto, la bebé fue reanimada, quedando internada en gravísimo estado. Según consta en el expediente, el cerebro de la paciente registrada una actividad de 1%.
Entonces, a pesar del esfuerzo de los médicos y de los transfusiones de sangre y tomografías computadas que le realizaron, la menor dejó de existir el 22 de setiembre, poco después de que también se contagiara de un virus intra hospitalario.
Luego de una larga investigación, en la que las partes aportaron sus conclusiones, la jueza entendió que el personal médico de la accionada omitió adoptar los recaudos que la práctica médica aconsejaba para evitar las previsibles complicaciones que podían ocurrir durante el parto, que constituyeron la causa directa de los daños neurológicos severos sufridos por la niña, que determinaron su lamentable fallecimiento.
Por esto, responsabilizó directamente al hospital Luis Lagomaggiore, que debería responder por incumplimiento de su obligación tácita de seguridad para con la paciente, accesoria de su obligación principal de prestar asistencia por intermedio de los facultativos de su cuerpo médico.
Así las cosas, la jueza estableció una indemnización de 214 mil pesos para la madre, mientras que el padre recibirá 210 mil pesos, ambos, más intereses ocasionados desde la fecha del hecho al día que quede firme la sentencia.