Argentina presentó sus argumentos ante la Justicia de Estados Unidos para solicitar la suspensión de la entrega del 51% de las acciones que el Estado nacional posee en YPF.
El objetivo del país es que dicha suspensión sea definitiva e incondicional. Argentina espera que la misma corte se expida sobre la denominada "cuestión de fondo", es decir, si la expropiación de YPF en 2012 constituyó una acción ilegal. En caso de que el fallo le sea adverso, el Estado deberá pagar una indemnización superior a los US$17.500 millones, según la sentencia firmada por la jueza Loretta Preska.
Aunque la Corte de Apelaciones no tiene plazos establecidos para emitir su decisión, se espera que el pronunciamiento sea inminente, incluso en el transcurso de las próximas horas.
En este contexto, Argentina presentó sus escritos de réplica ante la Justicia, en respuesta a los documentos presentados por los demandantes el pasado 17 de julio, en el marco de los casos Petersen/Eton Park y Bainbridge, según informó la Procuración del Tesoro.
Los argumentos expuestos por argentina en el caso YPF
Tal como lo ha reconocido el propio Gobierno de los Estados Unidos, la orden de entrega de las acciones de YPF vulnera la inmunidad de ejecución que protege los bienes de un Estado extranjero.
La orden contradice lo dispuesto por la Ley de Inmunidades Soberanas de los Estados Unidos, ya que las acciones de YPF: se encuentran en territorio argentino, no han sido utilizadas por la República para actividades comerciales en los Estados Unidos, ni han sido empleadas en la actividad comercial que sirve de base a la demanda.
La orden también vulnera principios de cortesía (“comity”) internacional, al exigir a la República que incumpla su propia legislación interna.
Los demandantes no lograron demostrar la existencia de un perjuicio en caso de que se suspenda la entrega de las acciones. La ley argentina prohíbe su venta sin la aprobación de dos tercios del Congreso Nacional, lo que impide cualquier riesgo de “disipación” de los activos.
Los demandantes tampoco demostraron que la República no sufriría un daño irreparable si la orden no se suspende. La transferencia de las acciones implicaría la pérdida del control estatal sobre la principal empresa energética del país. Si las acciones fueran vendidas, el perjuicio sería irreversible, incluso si la Argentina resultara finalmente vencedora en la apelación.
El interés público se ve claramente favorecido por la suspensión de la medida. La ejecución de la orden afectaría a terceros, incluyendo a YPF, sus accionistas y al pueblo argentino, comprometería las relaciones bilaterales con los Estados Unidos y podría generar represalias judiciales contra ese país en el extranjero, tal como advirtió el propio Gobierno estadounidense.
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Argentina presentó sus argumentos ante la Corte de Estados Unidos para frenar la entrega de YPF
En el caso Bainbridge, la presentación de la República Argentina sostiene que:
La parte actora no logró justificar la necesidad de una garantía. La legislación argentina garantiza por sí misma el mantenimiento del statu quo, ya que, sin aprobación del Congreso, las acciones no pueden ser transferidas.
La actora no demostró que sufriría un perjuicio si se suspende la entrega de las acciones.
Tampoco acreditó que la República Argentina no enfrentaría un daño irreparable si la orden se ejecuta. La pérdida de las acciones de YPF implicaría un perjuicio irreversible para el país.
Desde la Procuración del Tesoro remarcaron que “el Gobierno nacional continuará defendiendo los intereses de la República con firmeza jurídica y pleno respeto por la soberanía, en contraste con la desidia de quienes nos llevaron a enfrentar esta situación”.
Posibles resultados del tribunal ante el caso YPF
El mejor resultado: La Corte de Apelaciones le da la razón al país, suspende el turnover y permite avanzar hasta la apelación final, un proceso que está presentado, pero no avanzó y del que podría haber novedades recién el año que viene.
Intermedio: Aprueba que no se entreguen las acciones, pero podría sugerir que Argentina presenta algún tipo de garantías para sostener el proceso. Si es así, vuelve al estrado de Preska, que deberá definir qué pide en garantías (que no afecten a Estado).
Negativo: Que falle en contra del pedido del Estado y queda firme la entrega de acciones. “Negociar no es una opción”, prometen en el Gobierno.