22 de marzo de 2026
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Legislatura

En Mendoza se trabaja para combatir el Grooming

En la Casa de las Leyes tuvo despacho favorable la modificación de la Ley de la lucha contra el Grooming y adherir a la legislación nacional.

Finalmente la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales dio despacho favorable a una media sanción del Senado por la cual se modifica la Ley provincial 9.132, de lucha contra el Grooming, oportunidad en la que además se le realizó una modificación a fin de dejar establecida la adhesión a la Ley nacional 27590, conocida como Ley Mica Ortega.

Daniela García en diálogo con Radio Andina resaltó que este proyecto tiene varias propuestas acumuladas. Además, la diputada explicó que cuando se aprobó la Ley nacional el proyecto provincial había quedado desactualizado.

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Diputada Daniela García, brinda información sobre como en Mendoza se trabaja para combatir el Grooming.

Diputada Daniela García, brinda información sobre como en Mendoza se trabaja para combatir el Grooming.

“Con este texto, se actualiza el Programa de acuerdo a las convenciones y la Ley nacional Mica Ortega. Se agrega el hostigamiento digital, que incluye el ciber acoso, y se agrega el ciberespacio; dice cuál es el objeto del Programa, se agrega un marco de acción respecto a las tecnologías de información, y se modifica la autoridad de aplicación, entre otros aspectos”, describió.

De esta manera, en su primer artículo el despacho establece adherir a la normativa nacional que crea el Programa de Prevención y Concientización del Grooming o el Ciberacoso contra niñas, niños y adolescentes. Se establece además como política pública del Estado provincial la materia regulada y con ese objeto crea el Programa Provincial para la Prevención, Concientización, Abordaje y Erradicación del Grooming y de otras prácticas de hostigamiento digital.

Qué es el Grooming

Se entiende por a los efectos de esta Ley, toda acción deliberada de una persona mayor de edad, que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contacte a un niño, niña o adolescente menor de edad, con el propósito de establecer alguna conexión emocional y/o cometer cualquier delito contra la integridad sexual del menor.

“Este concepto es muy importante para que lo entiendan las personas, a los fines de tomar previsión o precaución con respecto a sus niños, niñas y/o adolescentes”, sintetizó la legisladora.

El proyecto se convertiría en Ley la próxima semana.

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