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Diputados buscará aprobar un régimen para las empleadas domésticas
Quieren se establezca un máximo de horas laborales, pago de horas extra, reposo nocturno y vacaciones pagas, entre otras cuestiones.
El reposo nocturno de los trabajadores de casas particulares debe ser, como mínimo, de nueve horas consecutivas, mientras que se impone otro descanso de tres horas al mediodía, que incluye el horario del almuerzo.
Asimismo, el descanso semanal será de, al menos, 35 horas, en tanto el sábado el final de la jornada será a las 13, mientras que el domingo no es laborable.
Subirán los costos laborales para las familias
La nueva redacción también estipula vacaciones a partir de los 6 meses de antigüedad, de 14 días corridos; 21 días después de los 5 años, 28 después de los 10 años y 35 después de los 20 años de trabajo.
Además, para el personal sin retiro y durante el período de vacaciones, las prestaciones de habitación y manutención a cargo del empleador deben ser pagadas en, por lo menos, un 30 por ciento del salario diario percibido por la empleada.
En otro aspecto, se prohíbe el trabajo doméstico a menores de 16 años y se incluye la obligación por parte del empleador de contratar a favor del personal un seguro por riesgos de trabajo.
Este proyecto tuvo sus vueltas. Después de haber sido aprobada por el Senado y reenviada a Diputados con algunas modificaciones, el proyecto sobre el nuevo Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, impulsado por el Poder Ejecutivo, estaría muy cerca de convertirse en ley. Probablemente sea uno de las primeros en ser tratados en 2013, según una alta fuente allegada al Gobierno. El vigente Estatuto del Servicio Doméstico se rige por un decreto/ley de 1956 y carece, por ejemplo, de los tres meses de licencia por maternidad estipulados en la ley de contrato de trabajo.
Bases del proyecto de ley
Jornada de trabajo: Estará estipulada en 8 horas diarias o 48 horas semanales. Hasta ahora, el régimen contempla 9 horas de descanso y 3 horas más al mediodía
Horas extra: Si el trabajador se excede en el tiempo trabajado, el empleador deberá pagar horas extras con un recargo del 50% en días de semana y 100% los fines de semana
ART: Su contratación será de carácter obligatorio
Fuente: La Nación