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Denuncias

Tras la promulgación de la ley de acoso callejero, ¿cuál es la situación en Mendoza?

Por Mariano Fiochetta

 Esta semana, el Gobierno nacional promulgó la ley que tipifica al acoso callejero como una de las modalidades de violencia hacia las mujeres y, de esta forma, pasó a entenderse como delito dentro del Código Penal. En Mendoza, desde el año pasado esta situación está tipificada como una contravención.

A comienzos de octubre de 2018 se sancionó en la provincia el nuevo Código Contravencional. En el artículo de 83 de este texto se estableció lo siguiente:

Acoso sexual callejero. Entiéndase por acoso sexual callejero a las conductas físicas o verbales, de naturaleza o connotación sexual, basadas en el género, conforme a la Ley Nacional 26.743, realizadas por una o más personas en contra de otra u otras, que no desean o rechazan estas conductas en tanto afectan su dignidad, sus derechos fundamentales como la libertad, integridad y libre tránsito, creando en ellas intimidación, hostilidad, degradación, humillación o un ambiente ofensivo en los espacios públicos y en los espacios privados de acceso público.

La persona que ejerciere acoso sexual callejero sobre otra, en lugares públicos o privados con acceso al público, siempre que el hecho no constituya delito, será sancionado con multa desde doscientas (200) U.F. hasta quinientas (500) U.F. o trabajo comunitario desde ocho (8) días hasta veinte (20) días.

Ocho meses después, se contabilizan nueve causas de acoso callejero en los juzgados contravencionales de la primera y segunda circunscripción. De estos, hubo cuatro sentencias: una con multa y otra con trabajo comunitario.

La directora de Relaciones con la Comunidad del Ministerio de Seguridad, Beatriz Varela, habló con SITIO ANDINO y dio detalles de los datos recabados. "Los casos que no han tenido sentencia están en la etapa de pruebas y mediaciones", explicó.

Asimismo, estimó que en el esto de la provincia hay alrededor de cinco hechos más denunciados, y señaló cómo es el proceso para realizar la acusación. "Una persona con acoso callejero puede dirigirse directamente a la comisaría y ahí se comienza el acta contravencional. Si hay un policía en la calle, se puede dar aviso allí, ir a un juzgado contravencional o, también, llamar al 911", expresó. 


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