A través del decreto nº 563, el gobernador Alfredo Cornejo refutó y devolvió a la Legislatura la norma N° 8965 en la que se modifica un artículo de la Ley de Tránsito provincial, que establecía que las personas involucradas en un accidente deberán retirar los vehículos de la vía pública, si no se producen víctimas fatales o lesiones personales.
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Cornejo devolvió a la Legislatura una ley votada por unanimidad
La iniciativa fue impulsada por el diputado del FpV-PJ, Lucas Ilardo. Los argumentos del legislador de La Cámpora son que los vehículos que participan de accidentes obstaculizan el paso y generan un gran caos y la espera de la autoridad correspondiente para que intervenga hace que las calles estén congestionadas, por lo que es necesario despejar lo más rápido posible la vía pública si no hay heridos.
El proyecto había sido votado por unanimidad en la Casa de las Leyes, sin embargo el gobernador realizó una serie de observaciones al documento y lo devolvió al Poder Legislativo, donde deberá ser reconsiderado por las dos cámaras y si los legisladores insisten con la sanción por, al menos, dos tercios, la propuesta será ley y pasará al Ejecutivo para su promulgación, según establece el artículo 102 de la Constitución provincial.
Según Cornejo, "el valor de la acción sancionatoria de cualquier Juez Vial pierde objetividad necesaria ya que no va a contar con actos únicos e irrepetibles que le permitirían no solamente una clara interpretación del suceso sino además la determinación de correspondencia de daños surgidos del propio siniestro". Agrega que "se pierde el valor pericial" al no contar con la disposición final de los vehículos luego del impacto y esto provocaría una "catarata de apelaciones".
Por otro lado argumenta que "desestimar la escena como parte del juzgamiento, librando y depositando en los ciudadanos obligaciones que no le son inherentes, tales como aportar los datos y realiza la intervención que el Estado debe realizar, raya en obligaciones ciudadanas que luego van a ser muy cuestionadas". Asimismo señala que no se aclara los casos en que debe aplicarse la norma.
Por estas razones, el mandatario considera que "la promulgación de la Ley N° 8965 sólo traerá mayores inconvenientes al procedimiento que rige actualmente ya que no armoniza con todas las disposiciones de la Ley de Tránsito y del Procedimiento Penal".