La Superintendencia de Servicios de Salud avanza en la desregulación de la medicina prepaga y para eso habilitó a las empresas a aplicar libremente aumentos en las cuotas de los planes de cobertura. Esto según las condiciones del plan y de acuerdo a las regiones o zonas en las que prestan servicios, que deberán detallar en las facturas a los afiliados.
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Medicina prepaga: los aumentos serán por región pero con nuevas facturas
Deberán indicar si el plan incluye copagos y el criterio para decidir aumentos. El detalle de las facturas que deberán emitir las firmas de medicina prepaga.
La decisión del Gobierno nacional a través de la SSS llega tras algunas idas y vueltas con el sector en la primera mitad del año. Antes, había obligado a congelar valores a raíz de la polémica por los aumentos que superaron a la inflación durante el primer cuatrimestre, y obligó a los prestadores de medicina prepaga a devolver dinero cobrado a los afiliados.
"Los aumentos en cuotas de los planes de cobertura ofrecidos pueden aplicarse de manera variable conforme las condiciones del plan (con o sin copagos) y las regiones o zonas en las que se brinda la atención medico asistencial", dice el decreto 2155 de la Superintendencia.
Además, puntualiza que las empresas de medicina prepaga "deberán informar (a la SSS) dichos aumentos, especificando los criterios utilizados para cada zona o región, así como la existencia o no de sistemas de copagos".
Un dato: la forma de decidir y comunicar aumentos por parte de las empresas del sector estará supeditada a la publicación de la inflación oficial.
Cómo serán las facturas de medicina prepaga
Al respecto la SSS les notificó que tendrán que informar los ajustes en el valor de las cuotas "dentro de los 5 días posteriores a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC)", que cada mes da a conocer el Indec.
Una condición fundamental es informar a los afiliados "de manera clara y destacada, detallando el porcentaje de aumento aplicado y el nuevo valor de la cuota mensual".
Pero además, la disposición, que se difunde cuando las empresas ya empezaron a aplicar otro aumento de cuotas este mes, incluso por encima de la inflación, establece un desglose de conceptos dentro de la factura mensual a pagar en base a algunos ítems mínimos:
a) Costo base del plan contratado,
b) Costos adicionales por coberturas específicas,
c) Ajustes por edad o factores de riesgo,
d) Aportes, cotizaciones y/o cápitas recibidos
e) Impuestos y/o tasas aplicables.
En tal sentido, la SSS también puntualizó que ese desglose "deberá presentarse de manera clara y comprensible, utilizando un lenguaje sencillo y evitando tecnicismos innecesarios". Y que ante un cambio en los conceptos facturados, cualquiera sea "deberá ser notificado al afiliado con al menos 30 días de anticipación, explicando las razones de dicha modificación".
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