Investigación

Empresas de Mendoza y 13 provincias enfrentan imputaciones por cobrar tasas municipales indebidas

La Secretaría de Industria y Comercio inició 112 expedientes para investigar los posibles incumplimientos hacia la resolución 267/24.

Por Sitio Andino Economía

Por presunto incumplimiento de la resolución 267/24 que prohíbe la incorporación de tasas e impuestos al servicio de energía eléctrica, la Secretaría de Industria y Comercio imputó a 94 empresas por cobrar tasas indebidas en sus facturas.

Debido a este hecho, la Secretaría abrió 112 expedientes para investigar posibles incumplimientos a la normativa que quedó vigente el 11 de octubre del 2024.

Las imputaciones involucran a empresas de las provincias de Buenos Aires, Catamarca, Mendoza, Corrientes, Chubut, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Misiones, Neuquén, San Luis, Tierra del Fuego, Santa Fe y Tucumán.

Según la Resolución 267/24, las facturas solo deben especificar la descripción y precio del servicio contratado, sin incluir tasas adicionales.

En Mendoza son cuatro las empresas que quedaron involucradas por incluir cargos ajenos a los bienes y servicios contratados en sus facturas. Estas son:

  • Cooperativa de electrificación rural alto verde y algarrobo grande – San Martín
  • Cooperativa eléctrica y de servicios públicos – Medrano – Junín
  • Unión vecinal de servicios públicos Medrano – Junín
  • Cecsagal: Cooperativa de electricidad, consumo, comercialización, vivienda, servicio de telecomunicación, telefonía e internet – General Alvear

Las empresas que quedaron involucradas tienen cinco días hábiles para presentar sus descargos. En caso de no hacerlo, podrán ser sancionadas bajo la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que contempla multas de hasta $2.130 millones.

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Según la Resolución 267/24, las facturas solo deben especificar la descripción y precio del servicio contratado.

Según la Resolución 267/24, las facturas solo deben especificar la descripción y precio del servicio contratado.

Sin embargo, en el mes de noviembre 95 empresas de 20 provincias ya habían sido imputadas. En esa oportunidad, San Juan también estuvo incluida por motivos similares.

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Por su parte, la Secretaría instó a los usuarios a realizar denuncias si detectan irregularidades en las facturas de servicios.

Qué tasas e impuestos se cobran junto al servicio eléctrico en la provincia de Mendoza

Si bien el escenario puede variar según la comuna de residencia (a raíz de los diferentes convenios y ordenanzas firmadas por cada municipio), la factura de energía eléctrica en Mendoza incorpora estas cargas locales:

  • Contribución Compensación de los Costos Eléctricos (CCCE): es un impuesto provincial implementado mediante Ley 6.497 y Resolución 6/16 del Ministerio de Energía y Minería, que se utiliza para obras e inversiones. La base de cálculo es el total de servicios eléctricos sin subsidios ni impuestos, excepto subsidios provinciales. Se aplica a todos los clientes y se calcula desde el subtotal de los conceptos eléctricos con un cuadro tarifario sin subsidio, con una alícuota del 7,5%, excepto para Riego agrícola que corresponde una alícuota del 5%.
  • Tasa Fiscalización y Control: es un impuesto provincial implementado mediante Ley 6.497 y Resolución 6/16 del Ministerio de Energía y Minería, que se utiliza para el mantenimiento del EPRE. La base de cálculo es el total de servicios eléctricos sin subsidios ni impuestos, excepto subsidios provinciales. Se calcula desde el subtotal de los conceptos eléctricos con un cuadro tarifario sin subsidios, con una alícuota del 1,5%. Se aplica a todos los usuarios.
  • Sobretasa provincial Ley 2539: se calcula desde el subtotal de los conceptos eléctricos, menos el importe de Ingresos Brutos (IIBB), con una alícuota del 3%. Se aplica únicamente a usuarios con tarifa residencial T1 (menores demandas).
  • Impuesto de Sellos: es implementado mediante el artículo 240 del Código Fiscal. Se calcula desde el subtotal de los conceptos eléctricos de la factura anterior, con una alícuota del 1,5%. Se aplica únicamente a usuarios de grandes demandas (T2).
  • Cargo de Alumbrado Público (CAP): es establecido por cada Municipio mediante ordenanza, en donde se establecen los cargos y clientes alcanzados por el servicio -tal lo establece su nombre- de alumbrado público.

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