En el Concejo Deliberante de San Rafael se aprobó una ordenanza municipal que establece, en líneas generales, que el otorgamiento o renovación de la licencia de manejo estará supeditada a la no deuda de cuota alimentaria.
En el Concejo Deliberante de San Rafael se aprobó una ordenanza municipal que establece, en líneas generales, que el otorgamiento o renovación de la licencia de manejo estará supeditada a la no deuda de cuota alimentaria.
Según consta en el proyecto presentado por la concejal Clarisa Barchiesi, en el artículo 1 habla de “disponer como requisito excluyente para el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, la obligatoriedad de presentar ante el Centro Emisor de Licencias de Conducir y/o ante quien lo complemente y/o reemplace en el futuro, el certificado de entradas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Re.D.A.M.) de Ley Provincial 6.879, donde conste la inexistencia de deuda por incumplimiento de la obligación alimentaria”.
Por otra parte, en el artículo 2 se refiere a “lo dispuesto en el artículo anterior opera tanto para la obtención por primera vez de la Licencia Nacional de Conducir como para sus posteriores renovaciones y cualquiera sea la categoría de la misma”.
Barchiesi reconoció que “creemos que es una medida para propiciar los derechos alimentarios de niños y adolescentes, cualquiera persona debe presentar este certificado, el cual se puede descargar de la página web del Poder Judicial de Mendoza”.
Dentro de la ordenanza aprobada en el sur mendocino, el artículo 3 establece que “la autoridad de aplicación será el Centro de Emisión de la Licencia Nacional de Conducir del departamento de San Rafael, y se lo faculta a dictar las normas complementarias e interpretativas que fueran necesarias para una mejor aplicación de esta Ordenanza”.