A partir de este 1 de enero de 2025 rigen en toda la provincia de Mendoza los nuevos valores de las multas viales que se les aplicarán a los conductores que cometan infracciones, entre ellas manejar con alcoholemia positiva.
Desde el 1 de enero rigen los nuevos valores en la multas viales que se les aplicarán a los conductores que cometan infracciones en la provincia de Mendoza.
A partir de este 1 de enero de 2025 rigen en toda la provincia de Mendoza los nuevos valores de las multas viales que se les aplicarán a los conductores que cometan infracciones, entre ellas manejar con alcoholemia positiva.
Esta actualización de los montos se da tras el aumento de la Unidad Fija (UF), que pasó de $127 a $420. Entonces, en caso de ser sorprendido con alcoholemia positiva, el conductor deberá pagar una multa que va desde $1.260.000 hasta $4.620.000, dependiendo del resultado del control y otros detalles (ver detalle abajo).
Con el aumento de la Unidad Fija confirmada por ley, por el plazo de un año, las multas leves costarán $42.000 d(100 UF); las graves, $294.000 (700 UF); las gravísimas, $420.000 (1000 UF), y el concurso, cuando el conductor comete dos o más faltas, tendrá un valor de $630.000 (1500 UF).
Estos montos tendrán un descuento de 40% si se abonan dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha de realizada el acta vial.
En este sentido, las multas por alcoholemia tendrán un importante incremento. De 0,2 gramos de alcohol en sangre en el caso de bicicletas con o sin motor, motocicletas y o ciclomotores y de 0,5 en el caso de automóviles a 0,99 gramos de alcohol en sangre, las penas son inhabilitación para conducir por entre 30 y 180 días, multas entre $1.260.000 y $ 2.520.000, equivalentes a 3.000 hasta 6.000 Unidades Fijas, y retención de licencia de conducir.
Y con más de 1 gramo de alcohol en sangre, la falta establece multas económicas que van desde $1.680.000 hasta $4.620.000, equivalentes a 4.000 hasta 11.000 Unidades Fijas.
Las sanciones también incluyen arresto de hasta 120 días e inhabilitación obligatoria para conducir vehículos, que puede variar de 90 a 545 días.