El Gobierno de Javier Milei avanzó con la implementación del nuevo régimen de Zona Fría mediante la publicación del Decreto 1266/2026 en el Boletín Oficial de este lunes 26 de octubre. La medida reglamenta los cambios introducidos por la Ley 27.828 y establece cómo funcionará el sistema de descuentos y compensaciones sobre el consumo de gas natural.
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Zona Fría: qué cambia con el nuevo decreto de Milei y quiénes podrán mantener los descuentos en el gas
El decreto nacional establece cómo funcionará el nuevo régimen de Zona Fría. Qué sucede con los departamentos de Mendoza y quiénes podrán recibir subsidios.
La decisión tiene especial impacto en Mendoza, donde 17 departamentos quedaron excluidos del beneficio territorial que se había ampliado en 2021. En tanto, Malargüe continuará dentro del régimen, aunque el nuevo esquema también contempla la posibilidad de acceder a bonificaciones focalizadas para determinados usuarios residenciales.
La reglamentación no introduce una nueva eliminación del beneficio, sino que establece los mecanismos para aplicar las modificaciones que ya habían sido aprobadas por ley.
Zona Fría: qué cambia para los usuarios de Mendoza
El nuevo marco normativo establece una diferencia entre los usuarios que conservan el beneficio por su ubicación geográfica y aquellos que podrán recibir una bonificación adicional según los requisitos del sistema de subsidios energéticos.
En el primer grupo se encuentran los usuarios comprendidos en el régimen territorial correspondiente a la Patagonia, la Puna y el departamento de Malargüe.
En cambio, los restantes 17 departamentos de Mendoza dejan de estar alcanzados por el descuento territorial ampliado que se había establecido mediante la Ley 27.637, sancionada en 2021.
Esto significa que vivir en una localidad anteriormente incluida en Zona Fría ya no garantiza el acceso automático a la bonificación.
Sin embargo, la pérdida de ese beneficio no implica necesariamente que todos los hogares deban afrontar el costo del gas sin ningún tipo de subsidio.
Quiénes podrán mantener descuentos en la factura del gas
Uno de los aspectos centrales del nuevo régimen es la incorporación de una bonificación adicional por Zona Fría, vinculada al Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF).
Según establece la normativa, esta bonificación se aplicará sobre los consumos base de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes de los usuarios residenciales que cumplan con los requisitos correspondientes.
De esta manera, los hogares que ya no se encuentran dentro de las zonas geográficas beneficiadas podrían acceder a descuentos si reúnen las condiciones previstas por el nuevo sistema.
La diferencia es importante: una cosa es perder el beneficio automático por ubicación geográfica y otra es quedar excluido de cualquier posibilidad de recibir asistencia estatal para pagar el gas.
El alcance concreto de estas bonificaciones dependerá de los criterios de elegibilidad, los consumos reconocidos y las disposiciones aplicables al nuevo esquema.
Qué establece el decreto publicado por el Gobierno nacional
El Decreto 1266/2026 reglamenta el capítulo de la Ley 27.828 referido a las modificaciones del régimen de Zona Fría y reorganiza el funcionamiento del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas.
Entre los principales cambios, determina que la Secretaría de Energía de la Nación será la autoridad de aplicación, con facultades para establecer las compensaciones y bonificaciones previstas en la legislación.
También modifica la operatoria mediante la cual se administran los recursos destinados a financiar los descuentos.
Las compensaciones deberán calcularse sobre el precio del gas y abonarse directamente a las empresas proveedoras. Las distribuidoras y subdistribuidoras, por su parte, tendrán la responsabilidad de aplicar las bonificaciones a los usuarios finales y proporcionar la información necesaria para determinar los montos correspondientes.
El sistema continuará financiándose mediante un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural, conforme a las condiciones y excepciones establecidas por la ley.
Asimismo, el Banco de la Nación Argentina continuará desempeñándose como fiduciario del fondo, que mantendrá su continuidad jurídica y patrimonial.
El Gobierno derogó el decreto que reglamentaba la ampliación de Zona Fría
Otro de los puntos relevantes aparece en el artículo 8 del Decreto 1266/2026, que dispone expresamente la derogación del Decreto 486/2021.
Aquella normativa había reglamentado la ampliación del régimen de Zona Fría, que permitió incorporar nuevas localidades de Mendoza y otras provincias a los descuentos en las facturas del gas.
Con la derogación, el Poder Ejecutivo adecua la reglamentación al nuevo marco legal, que reemplaza el esquema ampliado por otro que distingue entre beneficios territoriales y bonificaciones focalizadas.
El decreto también mantiene vigentes las disposiciones del Decreto 786/2002 en todo aquello que no resulte incompatible con las modificaciones actuales.
Cuándo comenzarán a aplicarse los cambios en las facturas
La nueva reglamentación entró en vigencia este lunes 26 de octubre, fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
No obstante, la entrada en vigencia del decreto no permite establecer por sí sola en qué factura se reflejarán los cambios para cada usuario.
La implementación operativa dependerá de las disposiciones complementarias, los mecanismos de compensación y la aplicación del régimen por parte de las empresas prestadoras.
Por eso, será importante conocer cómo se instrumentarán las bonificaciones focalizadas y cuáles serán los criterios definitivos para acceder a ellas.