Quiénes integran el órgano clave para sancionar y remover jueces en Mendoza
Las cámaras de Senadores y Diputados designaron a los integrantes del jury de enjuiciamiento, que acompañarán a los jueces de la Corte. Cómo quedó conformado.
El Jury ya tiene desginados a sus miembros (imagen de archivo)
En la sesión de este martes, el Senado designó a los integrantes del Jury de Enjuiciamiento, el órgano encargado de sancionar y destituir a miembros del Poder Judicial de Mendoza. Se trata de los siete senadores que acompañarán a otros siete diputados y los siete integrantes de la Suprema Corte de Justicia.
Desde Cambia Mendoza, los titulares serán Martín Kerchner Tomba, Alejandro Diumenjo, Natacha Eisenchlas y David Sáez. Como suplentes fueron designados María Beatriz Galiñares, Gustavo Soto, Marcelino Iglesias y Ángela Floridia.
Por parte del Partido Justicialista, los titulares serán Mauricio Sat y Helio Perviú, mientras que los suplentes serán Pedro Serra y Mercedes Derrache.
En tanto, el bloque de La Unión Mendocina estará representado por el senador Ariel Pringles como titular, y el senador Valentín González se desempeñará como suplente.
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El Senado designó a los miembros del Jury de Enjuiciamiento de Mendoza.
Foto: Prensa Legislatura de Mendoza
Qué es el Jury de Enjuiciamiento
Como se escribió, el Jury de Enjuiciamiento está integrado por 21 miembros. Además, se designa un número igual de suplentes, que reemplazan a los titulares en caso de recusación, excusación o impedimento debidamente justificado.
Los legisladores designados duran un año en sus funciones. En caso de cesación, el suplente o subrogante legal asume inmediatamente. Sus mandatos pueden prorrogarse mientras dure su condición de legisladores, exclusivamente para finalizar causas iniciadas durante el período correspondiente.
Actualmente, el órgano es presidido por el titular de la Corte, Dalmiro Garay, acompañado por el resto de los ministros. Las sesiones se realizan en la sede del máximo tribunal, aunque puede constituirse fuera de ella con todos sus miembros o con la mitad más uno como mínimo, salvo que el cuerpo autorice, por mayoría absoluta, un número menor.
El ente tiene la potestad de aplicar sanciones -a través de la mayoría simple de sus miembros- que van desde una advertencia, apercibimiento, inhibición para concursar cargos, suspensión temporal (máximo de 180 días) de funciones sin goce de haberes, multas que no superen el 30% del salario; hasta la destitución o absolución del o la denunciada.
Sin embargo, para que una causa llegue a esa instancia, los miembros del Jury deberán definir previamente si existen elementos suficientes para dar curso a cada expediente.
Cómo quedó conformado el Jury de Enjuiciamiento de Mendoza