11 de noviembre de 2025
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Reformas

Ley ómnibus de Javier Milei: se suspende la fórmula de movilidad jubilatoria

La nueva norma que presentó Javier Milei en la cámara baja destaca que habrá modificaciones en la fórmula y habrá aumentos por decreto.

El presidente Javier Milei envió este miércoles al Congreso de la Nación el proyecto de "ley ómnibus", que contiene 664 artículos que proponen más reformas en el Estado y desregulaciones a las ya establecidas en el reciente DNU. Entre ellas, se envió la suspensión de la ley de movilidad jubilatoria.

El proyecto se denomina "Ley de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos" y fue entregado este miércoles por el ministro del Interior, Guillermo Francos, al presidente de la Cámara Diputados, Martín Menem. El texto, de 664 artículos desplegados a lo largo de 351 páginas, contiene una amplia reforma electoral, cambios impositivos, un blanqueo y más límites a las marchas, entre otras iniciativas que no fueron parte del DNU porque las temáticas que toca no pueden evitar el Congreso.

Además de modificar una veintena de leyes, propone la suspensión de la ley de movilidad jubilatoria aprobada durante 2020, facultando al Poder Ejecutivo a establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones "teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica".

Hasta el momento, la normativa actualizaba jubilaciones y otras prestaciones sociales cada tres meses. Con la modificación, el Poder ejecutivo podrá realizar aumentos por decreto hasta que se establezca un nuevo mecanismo de revisión automática “teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica”.

De esta manera, el artículo 106 de la norma presentada suspende la aplicación del artículo 32 de la Ley 24.241, que establece la movilidad de los haberes por jubilación y pensiones, pero de la misma también dependen: Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación por Embarazo.

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ANSES cuándo cobro: cronograma de pagos.

ANSES cuándo cobro: cronograma de pagos.

A ello debe agregarse la suspensión de: la vigencia del retiro por invalidez, fallecimiento y permanencia; y la prestación básica universal. A ello debe agregarse la suspensión de: la vigencia del retiro por invalidez, fallecimiento y permanencia; y la prestación básica universal.

La medida, que ahora se modificará, ya había sido reformada en 2020, durante el gobierno de Alberto Fernández.

Qué dice el proyecto de ley que envió Milei al Congreso

El proyecto de ley declara la "emergencia pública" en "materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025" y aclara que "dicho plazo podrá ser prorrogado por el Poder Ejecutivo nacional por el plazo máximo de DOS (2) años".

Entre sus postulados básicos, señala el de "promover y asegurar un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia y competencia, con respeto a la propiedad e iniciativa privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo".

En ese sentido, se propone "establecer la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y procurar dejar sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado" y, al mismo tiempo, “promover la reactivación productiva”.

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El proyecto de ley habla de "desburocratizar y simplificar la normativa que rige a la Administración Pública nacional, eliminando toda gestión inútil o dispendiosa", "promoviendo el funcionamiento dinámico y eficaz de la gestión pública, a través de prestaciones profesionales, útiles y de alta calidad".

Para ello, busca implementar "la mejora de la profesionalización de la carrera administrativa de los agentes de la Administración pública nacional, mediante un sistema de acceso y promoción en función del mérito y la obtención de logros y metas objetivas prestablecidas", reservándose la facultad de "intervenir todos los órganos y entidades descentralizadas que componen la Administración Pública nacional, con la sola exclusión de las universidades nacionales".

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PROYECTO PEN - Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos.pdf

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