7 de septiembre de 2026
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Gobierno Nacional

El Gobierno nacional reglamentó el nuevo Régimen Penal Juvenil

El Gobierno nacional reglamentó el nuevo Régimen Penal Juvenil que ya entró en vigencia el pasado 5 de septiembre.

Por Sitio Andino Política

El Gobierno nacional reglamentó el nuevo Régimen Penal Juvenil, establecido por la Ley 27.801, que bajó la edad de imputabilidad a los 14 años, luego de su entrada en vigencia el pasado 5 de septiembre. El Ministerio de Justicia fue designado como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal, a la vez que estableció mecanismos para el seguimiento de los jóvenes, la asistencia a las víctimas y la coordinación con las provincias.

Este lunes, en el Boletín Oficial se publicó el Decreto 875/2026, vinculado a la norma que establece que los adolescentes de entre 14 y 18 años, si son acusados de cometer un delito, podrán ser investigados y eventualmente recibir una pena dentro de un sistema especializado y diferenciado según la edad.

La reglamentación publicada indica que "se fijó como finalidad del régimen fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social”. En ese sentido, se creó, en el ámbito del Ministerio de Justicia, "el Comité de Justicia Interministerial del Régimen Penal Juvenil como dispositivo permanente de articulación interministerial" para la implementación de la ley.

Cómo funcionará el Comité de Justicia Interministerial del Régimen Penal Juvenil

Dicho comité estará integrado por un representante del Ministerio de Justicia, que ejercerá la coordinación, un representante del Ministerio de Seguridad Nacional, un representante del Ministerio de Capital Humano y un representante del Ministerio de Salud, y tendrá las siguientes funciones:

  • Coordinar la actuación de los Ministerios en los temas que requieran intervención conjunta.
  • Elaborar lineamientos comunes en materia de prevención, abordaje y reinserción de los adolescentes alcanzados por el régimen.
  • Promover el intercambio de información estadística y técnica entre las carteras integrantes.
  • Emitir recomendaciones no vinculantes a la Autoridad de Aplicación sobre los aspectos transversales del régimen.
  • Instrumentar la articulación interinstitucional necesaria para la ejecución de las penas previstas en el artículo 12 de la Ley N° 27.801, en los aspectos administrativos y operativos que resulten de competencia de los Ministerios que integran el Comité.

Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil

El decreto también se señaló que en el ámbito del Ministerio de Justicia se crea la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil “como espacio permanente de articulación entre el orden nacional, las jurisdicciones provinciales y la Ciudad de Buenos Aires”. La misma tendrá las siguientes funciones:

  • Promover la armonización de criterios técnicos y procesales entre las jurisdicciones.
  • Intercambiar experiencias y buenas prácticas en la implementación del régimen.
  • Facilitar la suscripción de los convenios de colaboración y cooperación.
  • Elaborar recomendaciones no vinculantes en materia de implementación.

Esta mesa estará integrada por “un representante de la Autoridad de Aplicación, que ejercerá la coordinación; los representantes que designen las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, uno por cada jurisdicción y los representantes que, en su caso, designen la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación, uno por cada una de ellas”.

Nuevo Régimen Penal Juvenil

La nueva normativa baja de 16 a 14 años la edad de imputabilidad, por lo que los jóvenes desde los 14 años podrán ser penalmente responsables por los delitos que cometan. Esto significa que, si son acusados de cometer un delito, los adolescentes podrán ser investigados y eventualmente recibir una pena dentro de un sistema especializado y diferenciado según la edad.

El régimen establece además un sistema de penas diferenciado. Para los adolescentes de 14 años, las penas se reducen a la mitad respecto de la escala prevista para adultos, mientras que para quienes tengan 15 años la reducción será de un tercio. En el caso de los jóvenes de 16 y 17 años, se aplicará la escala de penas sin reducción, aunque siempre dentro del régimen penal juvenil.

Para los delitos graves, la pena máxima será de 15 años de prisión. La ley, además, prohíbe expresamente la prisión o reclusión perpetua para adolescentes. La privación efectiva de la libertad quedará reservada principalmente para hechos de gravedad, como homicidios, abusos sexuales, secuestros o robos violentos. En los casos de delitos menores, en cambio, se priorizarán medidas alternativas.

Entre esas sanciones se encuentran las amonestaciones, los servicios comunitarios, la prohibición de salir del país, las restricciones de acercamiento, la participación en programas educativos y el monitoreo electrónico, entre otras medidas que podrán ser dispuestas por los jueces.

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