La vicegobernadora Hebe Casado celebró en sus redes sociales un fallo de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, que rechazó un recurso presentado por un exempleado del Senado provincial que fue excluido de la tutela sindical.
El máximo tribunal desestimó el reclamo de un trabajador al que no se le renovó el contrato, que buscaba conservar la tutela sindical. La vice lo criticó con dureza en redes.
La vicegobernadora Hebe Casado celebró en sus redes sociales un fallo de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, que rechazó un recurso presentado por un exempleado del Senado provincial que fue excluido de la tutela sindical.
“Hay que ser caradura para llegar hasta la Suprema Corte intentando defender privilegios sindicales. ¡Es justicia! ¡Afueraaaa!”, escribió la funcionaria en su cuenta de X, junto a un extracto de la sentencia, en el cual se indica que el carácter de representante gremial “carece de autonomía, por sí solo, para modificar la naturaleza jurídica de la relación preexistente”.
En tal sentido, Casado destacó que “el máximo tribunal de la Provincia ha rechazado un recurso extraordinario provincial sobre tutelas sindicales invocadas por empleados de la Cámara de Senadores. Con esta decisión, se reafirma la importancia de reconocer a quienes realmente trabajan, sin admitir privilegios injustificados”.
La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario presentado por Jorge Pablo Best, quien se oponía a una sentencia previa que había avalado su exclusión de la tutela sindical en el marco de una relación laboral con la Legislatura de Mendoza.
El agente había cuestionado la decisión de la Cámara Tercera del Trabajo, alegando una errónea valoración de la prueba y la violación de derechos constitucionales y tratados internacionales sobre libertad sindical.
Sin embargo, por mayoría (con votos de Teresa Day y Dalmiro Garay, y disidencia de Mario Adaro) el tribunal consideró que el recurso no cumplía con los requisitos exigidos para la vía extraordinaria, ya que no refutó adecuadamente los argumentos esenciales del fallo previo, especialmente sobre:
Además, señalaron que la valoración de testimonios en juicio laboral no puede ser revisada en esta instancia, salvo arbitrariedad manifiesta, lo que no se acreditó en este caso.
La Corte resolvió, por mayoría, desestimar el recurso con costas para el recurrente y diferir la regulación de honorarios para una instancia posterior.
En tribunales inferiores se había determinado la improcedencia de extender la protección sindical a empleados interinos o con contratos temporarios dentro del Poder Legislativo.
Esta resolución se suma a una serie de decisiones que, en total, han permitido iniciar acciones por cinco exclusiones de tutela sindical en cargos de jerarquía y aproximadamente ocho exclusiones en cargos de carácter temporal.
“Este fallo aporta previsibilidad y equilibrio en la gestión de los recursos humanos, respetando los derechos laborales pero sin permitir su utilización para bloquear decisiones organizacionales justificadas”, indicaron desde el entorno de Casado.

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