Mediante una normativa, el Banco Central prohibirá a partir de mañana que las entidades privadas realicen operaciones cambiarias en aeropuertos y puertos y resolverá que la prestación bancaria y cambiaria en en estos sitios quede a cargo solamente de entidades financieras públicas. Con esto le revocará la autorización a las entidades privadas que actualmente realizaban el negocio. Según explicó la entidad, la medida surge como consecuencia a prácticas abusivas que afectaban a los viajeros.
El organismo fundamentará la medida con dos argumentos: por cuestión de seguridad interna, relacionada con las condiciones que se imponen a nivel internacional respecto del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo; y por las prácticas abusivas que realizaban en las operatorias cambiarias que perjudicaban a los turistas en Argentina.
De este modo, las entidades financieras públicas serán las únicas que podrán abrir o mantener casas de cambio -central, sucursales o dependencias especiales de atención al público- en puertos y aeropuertos internacionales, en la medida que cuenten con la autorización del Banco Central.
Paralelamente, y "en función de razones de seguridad" -según se esgrimió-, las entidades públicas que operen en las terminales podrán realizar operaciones de compra de moneda extranjera a no residentes por importes de hasta 500 dólares o su equivalente en otras monedas, por cliente y por estadía.
Un comunicado del Banco Central argumentó que la decisión se adoptó a partir de un relevamiento que aconsejó avanzar con nuevas medidas destinadas a afianzar la prevención de los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo en terminales portuarias y aeroportuarias.
Entre las prácticas abusivas, la entidad verificó el pago de precios por la compra de moneda extranjera muy inferiores a los habituales de mercado, lo cual afecta a los viajeros que arriban al país y a la industria turística.