Marizul sobre el Himno a Mendoza: "Estamos juzgando la mitad del proceso"
Ante el petitorio presentado por una ONG solicitando la nulidad de la canción provincial, la ministra de Cultura afirmó que el texto responde técnicamente a lo que es necesario para ponerle música.
Desde que se anunció que la propuesta ganadora al concurso público para la composición de la letra del Himno Provincial convocado por el Ministerio de Cultura, fue la de la ama de casa Roxana Matilde Romano, la voces en desacuerdo no tardaron en hacerse escuchar.
La más resonante, es la realizada por la Asociación Civil 20 de septiembre, que a través del abogado Marcelo Puertas, entregó un petitorio formal al área para pedir la nulidad del certamen. El argumento es que la letra en uno de sus pasajes hace referencia al credo católico y viola el ejercicio del derecho de Libertad de pensamiento, conciencia y religión, contemplado en el Pacto de San José de Costa Rica y que en Argentina adquiere rango constitucional.
Marizul Ibáñez, ministra de cultura, dialogó con SITIO ANDINO sobre el tema y adelantó que la respuesta a la solicitada presentada por la ONG se realizará por escrito en el transcurso de la tarde, a más tardar, mañana temprano.
En este sentido expresó que se va a respetar la propuesta tal como fue escrita ya que responde técnicamente a lo que es necesario para ponerle música. Dentro de todos los trabajos que se presentaron (408 textos en total, ninguno de ellos con la firma de un profesional de las letras), señaló que la propuesta de Romano fue la mejor y que hay que completar el proceso. Es decir, que se debe convocar al concurso público para la composición de la música.
De parte nuestra todo se ha hecho con absoluta seriedad y profesionalismo. La obra no está terminada, debiéramos juzgarla con la música. Esto no es un concurso literario, es un concurso de texto para ponerle música. Y la gente ha escrito en función de eso. Estamos juzgando la mitad del proceso, afirmó.
De todas maneras, desde el Ministerio se propondrá el diálogo para las voces disidentes: Vamos a convocar a la gente para charlarlo. No vale la pena ponerse en contra sino promover el diálogo. Porque no se puede jamás en temas como estos calificar de blanco o negro, adelantó la funcionaria.
Este es el petitorio presentado por la ONG 20 de septiembre:
SOLICITA SE DEJE SIN EFECTO
Sra. Ministro de Cultura De la Provincia de Mendoza, Lic. Marizul Ibañez S___________//__________D
Marcelo Fabián Puertas, argentino, DNI 17.847.670, mayor de edad, tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de Presidente de la Asociación Civil "20 de Septiembre", en estos obrados Nº 877-M-2012-18005, caratulados "Llamado a Concurso Público Composición Letra del Himno Provincial de Mendoza" a los efectos de solicitarle deje sin efecto la aplicación del acto administrativo por el que se instituye como letra oficial del Himno de la Provincia de Mendoza el que resultara elegido bajo la autoría de la Sra. Roxana Matilde Romano, hasta tanto se proceda a su modificación o supresión total o parcial, en razón de afectar directamente los derechos constitucionales de quienes resultan representados por la Asociación Civil que presido.
Efectivamente, los versos del Himno en cuestión contienen una clara invocación religiosa que, por el alcance y la trascendencia que un himno oficial tiene, obliga a profesar verbalmente ideas que pueden no ser comulgadas por quien los entone o, aún peor, encontrarse directamente reñidas con su conciencia o sistema de creencias.
Todavía más, al ser objeto de entonación en los actos oficiales de los Colegios Públicos de la Provincia de Mendoza, violenta el derecho de los progenitores y el individual de los educandos de recibir una educación laica, exenta de contenidos religiosos, en total oposición a lo normado por la Constitución Provincial en su art. 212, inc. 1º.
Asimismo la Convención Americana sobre Derechos Humanos, denominado "Pacto de San José de Costa Rica" en su artículo 12º apart 4º, establece expresamente que "Los padres, y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones", lo que está en consonancia, con el artículo 14º apart. 2º de la "Convención sobre los Derechos del Niño", que establece que son los padres quienes tienen el derecho y el deber de guiar el niño en el ejercicio de su derecho de Libertad de Pensamiento, Conciencia y Religión.
En razón de lo expuesto, nos encontramos persuadidos, de que en el marco de un orden Democrático, en el cual la República Argentina se encuentra inserta, uno de sus pilares fundamentales es la igualdad en el trato de las distintas diversidades y particularidades de los habitantes de nuestra Nación, considerando que una de las labores básicas del estado, que es el sostenimiento y desarrollo de la educación, debe primar un espíritu en donde se contenga a la totalidad de sus habitantes.
Es por ello que cuando hablamos de un Himno que nos identifique y aúne a todos los habitantes de la Provincia de Mendoza, definitivamente debe excluir cualquier mención que margine a porciones de la población, haciendo alusión a dogmas revelados, o posiciones excluyentes, que deben, a nuestro modo de ver, desarrollados en ámbito individual de cada una de las personas. A modo de colofón, dable es también de expresar, que consideramos harto poco serio la forma de elección del Himno en cuestión, ya que lo consideramos irrepresentativo e ilegítimo de acuerdo a su importancia.-
II.- DOMICILIO LEGAL: A los efectos legales pertinentes constituyo domicilio legal en calle Chile 990 pta baja "D", ciudad de mendoza.
III.- PETICIÓN: De acuerdo a lo expuesto solicitamos: 1.- Que en razón de la ilegalidad sobreviniente del concurso en cuestión por incluir referencias religiosas en abierta oposición a lo normado por nuestra Constitución Provincial y Tratados Internacionales con rango Constitucional, se deje sin efecto el Acto Administrativo por el cual se instituyó, como letra del Himno Oficial de la Provincia de Mendoza, el que se corresponde con la autoría de la Sra Roxana Matilde Romano. 2.- Ante la falta de Contestación en los plazos legales pertinentes, dejo interpuesto, a través de la presente, formal PRONTO DESPACHO.