La Corte Suprema de Justicia realizará este jueves la primera audiencia pública fijada para este ciclo. Analizarán la causa donde se demanda a Google por el denominado "Derecho al Olvido", lugar donde se enfrentará el derecho a la información y el derecho a la intimidad.
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"Derecho al Olvido" el debate que se viene en la Corte Suprema de Justicia
Se denomina "Derecho al Olvido" a la posibilidad de borrar o suprimir datos personales que se encuentran alojados en buscadores de internet o en enlaces cuando se entiende que esa información afecta derechos fundamentales.
La presentación de una reconocida abogada mendocina quedó incorporada al expediente que se tratará mañana en el máximo tribunal de justicia de la Argentina, se trata de Bárbara Peñaloza, especialista en abogacía digital y nuevas tecnologías.
Por la incidencia de Peñaloza, Mendoza ya cuenta con una participación formal y con un aporte académico en el expediente que está en litigio ante la Corte Suprema por el reconocido caso de Natalia Denegri contra Google. Esto fue posible ya que la abogada es docente de la Universidad Champagnat y dicha institución se presentó como amiga del tribunal (amicus curiae) a través de una exposición.
"Este caso reviste un interés fundamental para la satisfacción y vigencia de los derechos fundamentales en el entorno digital, desde una perspectiva de género. La acción impulsada por la actora (DeNegri) pretende el ejercicio de un derecho sin precedentes en nuestro país, a diferencia del Derecho comparado, que ya lo ha incorporado expresamente, como es el caso de la Unión Europea", indicó Peñaloza.
El Derecho al Olvido fue reconocido en el 2014 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El olvido digital se entiende como un derecho a controlar los datos personales propios que permitan el desarrollo del proyecto vital, amparándose en la dignidad humana, y que encuentra su fundamento en el derecho a la autodeterminación informativa.
Una de las discusiones sobre el Derecho al Olvido se centra en la posible colisión con la libertad de expresión. Frente a esta situación Peñaloza aclaró que "inexorablemente debe analizarse en el caso concreto, dado el carácter restrictivo que reviste dicho derecho. Por ello, debemos preguntarnos si el bloqueo de los vínculos en Internet, indexados por el buscador al nombre y apellido de DeNegri, ordenado por los jueces de la causa y, en la medida que estos lo hacen, vulnera la libertad de expresión, más concretamente, el derecho de los internautas a acceder a esa información. Y a mi entender, la respuesta debe ser negativa".
La transmisión de la audiencia pública sobre este tema podrá seguirse en vivo a través del Centro de Información Judicial (CIJ).