13 de noviembre de 2025
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PASO 2021

El tecnicismo por el cual el juez Bento avaló la candidatura de Suarez al Senado

Por Facundo La Rosa

El juez federal con competencia electoral Walter Bento no hizo lugar a la impugnación del Frente "Vamos Mendocinos" (FVM) a la precandidatura a senador suplente de Rodolfo Suarez por el Frente Cambia Mendoza (FCM) para las PASO del 12 de septiembre próximo. Finalmente, el magistrado desestimó los argumentos de las partes y avaló la presentación del gobernador para un cargo congresista en base a un tecnicismo jurídico que se desprende de la ley nacional 26.571, que introdujo las PASO en Argentina.

En la resolución que firmó este miércoles, Bento hace alusión al artículo 28 de la norma nacional, que prevé que en un régimen de elecciones primarias las impugnaciones a las listas de precandidatos sólo pueden ser cuestionadas por las listas internas que intervienen o compiten dentro de una misma agrupación política.

De este modo, la alianza que integran el Partido Demócrata, la Coalición Cívica y el MendoExit -entre otras fuerzas- no está en condiciones -según la interpretación del juez- de cuestionar una precandidatura que sea ajena a su coalición electoral.

"No hay otras agrupaciones que no sean la propia alianza ‘Cambia Mendoza' por medio de su Junta Electoral, o sus líneas internas a través de revocatorias o apelaciones, quienes pueden intervenir en el control del cumplimiento de aquellos requisitos exigidos para la oficialización de los precandidatos según los cargos a los que se postulan", expone Bento en su escrito.

El juez Bento aval{o la precandidatura de Suarez (Foto: Cristian Lozano)

Asimismo, si las listas internas del FCM que compiten con la que integra Suarez quisieran cuestionar su precandidatura, tampoco podrían hacerlo porque para ello contaban con 48 horas de oficializada la nómina por la junta electoral partidaria, plazo que ya venció.

Lo curioso del caso es que el juez federal prácticamente ignoró las presentaciones de las partes, ya que no tuvo en cuenta ninguno de los planteos, sino que resolvió sobre la regulación que establece la ley nacional, que ni siquiera fue esgrimida como argumento en la defensa del apoderado del FCM, Juan Pablo Cebrelli.

A grandes rasgos, la impugnación del FVM giraba en torno al artículo 115 de la Constitución Provincial, el cual señala que "el gobernador no podrá ser electo senador nacional hasta un año después de haber terminado su mandato", norma que hasta el momento no ha sido declarada inconstitucional.

Suarez defendió su candidatura suplente al Senado: "Buscamos plebiscitar el Gobierno"

Por su parte, desde el FCM arguyeron que el mencionado apartado está en desuso (desuetudo) y otorgarle prevalencia sería "una mutación ilegítima a la Constitución nacional al modificar la forma en que se eligen los senadores de la nación o los requisitos de elegibilidad de los mismos". Señalaron que el 115 es violatorio de la supremacía constitucional y que con la reforma de 1994 mutó a "inaplicable". En tanto que aseguraron que no es necesario que exista un pronunciamiento previo de inconstitucionalidad, sino que alcanza con un planteo vía defensiva.

Sin embargo, Bento desestimó ambas presentaciones, ya que consideró que no cabe la impugnación en un proceso electoral primario. Ahora habrá que esperar si el frente opositor vuelve a presentarse ante la justicia electoral una vez que la candidatura del gobernador quede efectiva, si es que su lista -como se supone- se imponga en la interna de Cambia Mendoza.


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