Con el acompañamiento de todas las fuerzas políticas, a excepción de Lautaro Jiménez del FIT -quien se abstuvo-, el Senado aprobó y convirtió en ley el proyecto que establece una modificación de la normativa de tránsito provincial, a fin de reducir de graves a leves las multas por circular con las luces bajas de los vehículos apagadas. Para que entre vigencia la nueva reglamentación, el ejecutivo deberá promulgarla y publicarla en el Boletín Oficial.
El texto tratado en el recinto es una síntesis de varios expedientes presentados por diferentes legisladores, que fueron acumulados y conjugados en un mismo texto. Además del cambio de tenor en la mencionada infracción, se incorporó a la Ley de Seguridad Vial el sistema lumínico D.R.L. (luces de circulación diurna), que algunos rodados nuevos traen de fábrica.
Hasta hoy, el incumplimiento de la prohibición de circulación sin luces bajas correspondía una multa grave, que representa una sanción económica de 500 hasta 700 unidades fiscales (UF), es decir, entre 11 mil y 15.400 pesos. Con el cambio implementado en la Legislatura, a la infracción le atañe un resarcimiento de 70 a 100 UF, que a valores de hoy significa entre $1.540 a $2.200.
De este modo, el uso permanente de las luces seguirá siendo obligatorio -excepto cuando corresponda la luz alta y en cruces ferroviarios-; o luces de conducción diurna (DRL), excepto cuando por situación de luz natural disminuida corresponda luces bajas; pero la multa por no encenderlas será menor.