El Gobierno de Mendoza estableció el cronograma anual orientativo con el objetivo de ordenar la realización de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de vehículos automotores y moto vehículos de uso particular, requisito que empezará a tener vigencia a partir de enero de 2022.
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Fijan el calendario para la RTO: "Es para que los usuarios no tengan inconvenientes"
En diálogo con el programa "Es Por Acá" de Radio Andina, Orlando Corvalán, director de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial, explicó que con esta medida "comienza el proceso de implementación con este cronograma diseñado para que los usuarios no tengan inconvenientes en realizar la revisión en los talleres habilitados por la Nación".
"Es una revisión integral y general, donde se controla todos los elementos de seguridad y las partes técnicas que pueden tener fallas", resaltó acerca de la RTO que entrará en vigencia en la provincia a partir de enero del año que viene.
El calendario quedó establecido tras la publicación este miércoles en el Boletín Oficial de la Resolución Nº 10 de la Dirección de Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial. La norma determina que los centros habilitados en la provincia van a estar disponibles en la página web www.rto.mendoza.gov.ar que al día 17 de febrero.
El funcionario aclaró que es un calendario orientativo y no obligatorio: "Es para que no se produzcan inconvenientes en la implementación y no se produzcan aglomeraciones y sea un proceso ordenado".
Respecto del total de vehículos que se esperan que se sometan a RTO, Corvalán sostuvo que "tenemos un número del parque automotor empadronado que calculamos en 400.000 autos activos".
En tanto, señaló que en los departamentos donde no hay talleres habilitados y están a más de 80 km de uno, no va a ser obligatoria la tenencia de la RTO.
El calendario está basado en el último digito de finalización de cada patente:
- Patentes terminadas en 3, desde el 01 hasta el 31 de marzo.
- Patentes terminadas en 4, desde el 01 hasta el 30 de abril.
- Patentes terminadas en 5, desde el 01 hasta el 31 de mayo.
- Patentes terminadas en 6, desde el 01 hasta el 30 de junio.
- Patentes terminadas en 7, desde el 01 hasta el 31 de julio.
- Patentes terminadas en 8, desde el 01 hasta el 31 de agosto.
- Patentes terminadas en 9, desde el 01 hasta el 30 de setiembre.
- Patentes terminadas en 0, desde el 01 hasta el 31 de octubre.
- Patentes terminadas en 1, desde el 01 hasta el 30 de noviembre.
- Patentes terminadas en 2, desde el 01 hasta el 31 de diciembre.
- Los meses de enero y febrero serán de libre disponibilidad
El presente cronograma tendrá vigencia año a año, salvo que sea necesaria su modificación por situaciones excepcionales o causas de fuerza mayor.
Escuchá la entrevista completa a Orlando Corvalán: