10 de abril de 2026
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Ministerio de Trabajo homologará recortes salariales para empleados suspendidos

Por Sección Economía

Tomando como base el acuerdo al que llegó la CGT y la UIA, que plantea una reducción salarial de hasta el 25% para empleados suspendidos, esta mañana el Ministerio de Trabajo de la Nación informó que homologará las presentaciones que "se ajusten íntegramente" a lo planteado por las centrales.

A través de la Resolución 397/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, se estableció que "las presentaciones que, en conjunto, efectúen las entidades sindicales con personería gremial y las empresas, para la aplicación de suspensiones conforme al artículo 223 bis de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, que se ajusten íntegramente al acuerdo adjunto a la presente Resolución y acompañen el listado de personal afectado, serán homologadas".

Las empresas que quieran bajar 25% los salarios de trabajadores suspendidos deberán presentar el listado de personal afectado y Trabajo lo remitirá en vista a la entidad sindical con personería gremial correspondiente por un máximo de cinco días; vencido el plazo, el silencio tendrá por conforme respecto del acuerdo sugerido por la representación empleadora.

Lo pactado por la CGT y la UIA sostiene que el monto que los empleadores deberán abonar como prestación no remunerativa o las asignaciones en dinero que se entreguen en compensación por suspensiones de la prestación laboral en este marco no podrá ser inferior al 75% del salario neto que le hubiere correspondido al trabajador en caso de haber laborado.

Sobre éste monto deberán realizarse la totalidad de los aportes y contribuciones por las leyes 23.660 y 23.661 y el pago de la cuota sindical.

Solamente en esas condiciones o cuando se establezca un porcentual mayor a favor del trabajador, se homologará en forma automática los acuerdos que se presenten. 

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