28 de junio de 2026
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Fijan nueva reglamentación para vehículos con GNC durante el aislamiento

El Enargas (Ente Nacional Regulador del Gas) fijó nuevas "pautas mínimas" a cumplir tanto por los usuarios de vehículos con GNC a quienes se les haya vencido la oblea habilitante en marzo último, como por estaciones de servicio y talleres de montaje de equipos, hasta tanto duren las restricciones del aislamiento preventivo obligatorio en todo el país.

La medida contempla como primer punto el respeto a las condiciones de higiene y seguridad según se exige ante la emergencia sanitaria, y obliga a "empleadores y empleadoras" a garantizarlas para "preservar la salud de las trabajadoras y trabajadores".

Pero además, la resolución 8/2020 del ente obliga a los sujetos alcanzados por el uso de GNC, con el certificado para circular correspondiente, a "dirigirse al lugar de atención más cercano o próximo al lugar de domicilio" en lo referido a la carga como a talleres de montaje.

Asimismo, se aclara que la nueva disposición alcanza a vehículos cuya oblea de habilitación hubiera vencido en marzo de 2020 y cuyo titular del trámite sea sujeto exceptuado, en consideración de que la revisión técnica tiene vigencia por 12 meses y es improrrogable.

Cambio de obleas: cómo proceder

Los Talleres de Montaje, o los CRPC (Centro de Revisión Periódica de Cilindros), sólo con guardias mínimas de personal para tareas administativas, deberán adoptar un sistema de turnos o citas previas para fijar con anticipación día y horario de atención para evitar la concurrencia masiva de personas. 

Para el recambio de obleas vencidas el criterio para asignar turnos es la numeración: los lunes y miércoles serán para las de números pares, mientras que martes y jueves corresponden a las impares.Los viernes podrán concurrir indistintamente pares o impares. 

Al márgen de esa condición y de la "capacidad operativa" del taller, también se prohíbe la permanencia de 2 o más de dos vehículos al mismo tiempo, como tampoco está permitido el ingreso de acompañantes con el conductor. "Si la dimensión del lugar no permite asegurar la presencia de individuos a la distancia establecida, sólo se permitirá la presencia de un vehículo", se especifica.

Pero al mismo tiempo el TM o CRPC, según lo decidido por Enargas, deberá exigir el certificado para circular correspondiente y guardar copia o una foto. Esto es para que se adjunte, una vez que pueda ser impreso, luego de la cuarentena, a la Ficha Técnica correspondiente.

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