4 de abril de 2026
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Escrache en las redes sociales: por qué es un riesgo para las víctimas

Muchos nombres de presuntos acosadores y abusadores empezaron a circular por las redes sociales. Sin embargo, pocos, o casi ninguno, llegó a la justicia a través de una denuncia. Días atrás se dio a conocer un fallo que condenaba a  Mónica Beatriz Molina, de 50 años, a pagarle 10 mil pesos a su ex  esposo, el comerciante Aldo Palacios y a la actual pareja de éste, por difamarlo a través de una red social al igual que a su actual pareja, además de a publicar durante siete días el fallo que emitió el juez Eduardo Martearena.  

La pregunta que surge luego de estas denuncias masivas en las redes sociales es: ¿se obtiene algún beneficio luego del escrache? ¿puede perjudicarse la víctima y convertirse en victimaria?

Bárbara Peñaloza, abogada especialista en derecho digital. Foto: Cristian Lozano.

Barbara Peñaloza, abogada especialista en derecho digital, dialogó con SITIO ANDINO sobre el tema y alertó sobre los riesgos de estas publicaciones porque "puede significar una revictimización, puede volverse objeto de múltiples comentarios negativos, violentos, entonces lo ideal sería no hacerlo de esa manera pública. El escrache por las redes causa daño y ningún efecto positivo para la víctima, en definitiva. La justicia va a pedir una pericia psicológica, psiquiátrica, para ver si la persona ha sido víctima de abuso o para ver si miente, lo que trascurra en la red social, no es el lugar para hacer la denuncia, no va a mirar ahí para dilucidar, va a pedir pruebas". 

"Nuestro derecho pensó estos delitos para que fueran denunciados de forma privada y no investigados de oficio por los fiscales. Por otro lado también, adelantar cuestiones relativas a una posible investigación judicial puede llegar a perjudicar esta investigación. Lo ideal siempre es preservar los hechos para que una vez que uno llegue a la justicia, pueda actuar libremente y recabar las pruebas necesarias y que no sean previamente eliminadas, por ejemplo", precisó la letrada, quien fue patrocinante del difamado Palacios.

Otro de los aspectos sobre los que se explayó Peñaloza, es en el peligro de acusar sin pruebas a una persona: "es importante que sea la justicia la que determine si una persona es culpable de un delito o no, porque ninguno de nosotros es juez, ninguno de nosotros tiene un equipo que valore las pruebas, que ayude a producirlas, ninguno es psicólogo". 

"Es necesario que haya un juez y que sea el que determine si hay o no delito, fundado en pruebas, principalmente, porque de lo contrario puedo estar yo en el afán de querer defenderme o hacer público un hecho que a mi me ha parecido la constitución de un delito, puedo estar exponiéndome a cometer un delito o a causar un daño, lo que me va a ser pasible de una acción civil por daños y perjuicios", sostuvo.

En ese contexto, es necesario saber que "los delitos penales están tipificados exactamente en el Código Penal Argentino, eso quiere decir que cada artículo de ese código describe, en detalle, una conducta y un principio de derecho penal que nos protege a todos, que es que no se puede aplicar la analogía. Es decir que a una conducta que se le parezca a una detallada en el código, no se le puede aplicar la pena, porque justamente hay que pensar el derecho penal, el procesal y civil en el caso de que le toque a un inocente", indicó la especialista en derecho digital.

"Si no damos todas las garantías que están en el derecho procesal penal, esto sería una cacería de brujas, porque cualquiera podría señalar a cualquiera de que esa persona es culpable mediante subjetividad, sobre lo que cada uno entiende que es abuso, lo que siente que es una calumnia o una injuria, por eso es importante el tipo penal, para que no hayan estas subjetividades. La ley, con la voz del pueblo, es el que ha establecido cuál es el bien jurídico protegido, cómo se protege y qué conductas atacan al bien jurídico protegido, la integridad sexual, la vida, el honor, esa es la importancia. No podemos estar a merced de lo que los otros ciudadanos piensan que es un delito. Un delito es lo que el código penal dice que es un delito", insistió.

En muchos casos sucede que el hostigamiento se produce desde un perfil anónimo en redes sociales o que se comunica telefónicamente, ante estas situaciones, dar con el emisor de estos mensajes, para Peñaloza es "todo un desafío" porque se discute también si hay anonimato absoluto o no: "Hay algunos que dicen que sí existe el anonimato en la red, pero por ahí hablás con un informático y te dice que no, que el absoluto no existe. Una investigación exhaustiva, muchas veces reuniendo diferentes tipos de datos, pueden llegar a que demos con la persona aunque se haya ocultado en un seudónimo". 

"No existe el anonimato absoluto, con una cierta recaudación de datos y un entrecruzamiento de los mismos, a veces es posible dar con este perfil, pero es mas difícil en estos casos y a veces no se llega a identificar. Por lo general se encuentra", resaltó.

La recomendación, ante todo, es hacer la denuncia en la justicia: "Mientras antes intervenga la justicia, mejor. Cada víctima tiene sus momentos, hay víctimas que lo podrán hacer y otras que no, tomará un tiempo mayor, pero es importante hacerlo lo antes posible. Igualmente, no quiere decir que si no denuncio inmediatamente, al tiempo no puedo denunciar igual", aclaró Peñaloza.