Este martes la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley del Ministerio Público, que determina la separación del Ministerio Público Fiscal del Ministerio de la Defensa; y también asigna autonomía económica al trabajo del jefe de los fiscales, Alejandro Gullé.
La aprobación fue por amplia mayoría, con 27 votos a favor y 2 negativos. El senador Miguel Bondino (UCR) hizo mención a las principales características de la normativa en cuestión: "Otorga una dinámica diferente por la que se crea la ley del Ministerio Público de la Defensa, la jerarquización de ambos ministerios que este organismo, ya que tendrá autarquía financiera y además la suspensión de la persecución penal".
El legislador destacó también la especialización por competencia de los diferentes delitos. Además, la norma faculta al Procurador de la Corte para sancionar, con la obligación de informar al Ejecutivo y a la Bicameral de Seguridad. También pretende una mayor eficacia y eficiencia que implica menores plazos procesales y agilidad. "Asistimos señores a una política de Estado en la provincia de Mendoza", aseveró.
Por su parte, Noelia Barbeito (FIT) adelantó el voto negativo de su bloque diciendo que esta ley busca que los fiscales ejecuten la mano dura y además se incremente el trabajo de los empleados judiciales.
Por otro lado, María José Ubaldini (FPV-PJ) resaltó la buena dinámica y el consenso con el oficialismo que aceptó las reformas planteadas por parte del Frente para la Victoria. "No es un proyecto de mano dura, otorga herramientas para la investigación penal, más ágil y certera. Lo que deviene en cárceles menos hacinadas", detalló.
En el articulado se dispone que el Ministerio Público Fiscal es "un órgano independiente que conforma y desarrolla sus funciones en el ámbito del Poder Judicial, que tiene por función promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad, con atribuciones orgánicas, autonomía funcional, financiera y presupuestaria".
En tanto, el primer artículo establece que se administrará su propio presupuesto "rindiendo cuentas en forma directa al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia. Deberá elevar su proyección de gastos y recursos al Poder Ejecutivo a los efectos de incorporarlos en el Proyecto de Presupuesto General de la Provincia en un plazo máximo de 30 días antes de la fecha establecida en nuestra Constitución para la presentación del Proyecto de presupuesto general de la Provincia ante el Poder Legislativo".
Asimismo, establece que "para el cumplimiento de sus funciones el Procurador General dispondrá como recursos el treinta y cinco por ciento (35%) de la recaudación en concepto de tasa de justicia y los fondos que se le asignen anualmente a través del Presupuesto General de la Provincia", y aclara que "no podrán realizarse modificaciones presupuestarias sobre el presupuesto votado anualmente para el Ministerio Público Fiscal sin autorización del Procurador General".