7 de noviembre de 2026
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El Senado convirtió en Ley la reforma al Código Procesal Penal

El oficialismo tuvo el acompañamiento de la oposición, salvo el FIT. Los principales cambios.

Por Sección Política

La Cámara de Senadores dio sanción completa al proyecto de modificación al Código Procesal Penal (CPP), iniciativa que envió el gobierno de Alfredo Cornejo y que apunta a agilizar las audiencias y los procesos judiciales.

El proyecto tuvo, luego de varias modificaciones, la gran aprobación de todo el arco opositor a excepción del Frente de Izquierda y de los Trabajadores, ya que opinaron que el Gobernador podrá profundizar su "mano dura" con procesos más rápidos.

La votación resultó 30 votos positivos contra 2 negativos, y desde el Partido Justicialista criticaron, pese a acompañar la medida del oficialismo, que el CPP regirá sólo en la primera y tercera circunscripción (Norte provincial), y también que para esta reglamentación también es necesario establecer algunas reformas de fondo, como las que se están trabajando en el Código Procesal Civil.

De esta manera, el Poder Ejecutivo pudo convertir en ley un nuevo cambio en la Justicia, y quedará, además del Código Procesal Civil, la reforma del la Ley del Ministerio Público.

Los principales cambios:

  • Audiencias rápidas: con actos orales y no escritos, con la participación de todos los protagonistas: juez, fiscal y defensor. En vez de tres años, se dará sólo uno para la investigación; y se podrá prorrogar por uno más, si lo decide el Juez de Garantías.
  • Con respecto a las audiencias sobre prisiones preventivas, siempre que haya un acuerdo entre las partes se podrá realizar un juicio abreviado.
  • Cuando existan incidencias entre las partes (objeciones) también se realizarán de manera oral.
  • Ingresar en el método informático, eliminando el papel y establecer un sistema de notificaciones del Poder Judicial en formato digital, con videoconferencias. Se evitará el traslado del fiscal con el expediente, ya que los mismos quedarán en Tribunales.
  • Establecer un auxiliar administrativo en los penales, que reciba las notificaciones judiciales por mail y sea él el que notifique a los presos, evitando gastos en traslados, uso de móviles y policías.
  • Víctima querellante: en vez de esperar la imputación del fiscal (que puede durar actualmente tres años), la propia víctima podrá ser querellante desde el momento en que radica la denuncia.

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