Quieren que las operadoras eléctricas devuelvan el dinero de las boletas

La iniciativa del senador Gustavo Arenas tiene que ver con la resolución Judicial contra el tarifazo energético.

Por Sección Política

Se presentó un proyecto de resolución para que el Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) les exija a todas las compañías operadoras de electricidad de Mendoza que empiecen a cumplir con el fallo de alcance nacional emitido el pasado 3 por la titular del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín Nº2 (Buenos Aires), Martina Isabel Forns.

La iniciativa -contenida en el expediente Nº68.190 del Senado y perteneciente al senador Gustavo Arenas- se refiere a lo que dictaminó esa magistrada la semana pasada con respecto a la medida de amparo judicial presentada por ciudadanos contra los desproporcionados aumentos de las tarifas eléctricas aplicados en forma arbitraria por el Ministerio de Energía y Minería y de la Nación, a través del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), sin mediar las audiencias públicas correspondientes ordenadas por la Constitución nacional, entre otras de las instancias desobedecidas por el Poder Ejecutivo Nacional.

El senador Arenas pretende que las empresas eléctricas cumplan la decisión de la Justicia y devuelvan el dinero que los usuarios pagaron de más.

La propuesta del senador Gustavo Arenas se basa en que el EPRE debe accionar inmediatamente a favor de los usuarios en cumplimiento de las atribuciones y las funciones que le confiere el artículo 54 de la ley Nº6.497, teniendo en cuenta además que la sentencia de la jueza federal aplicable en todo el país remarca que las compañías prestadoras del servicio deben suspender el cobro de las facturas emitidas con incrementos y liquidarlas con los valores vigentes antes de las resoluciones.

Asimismo, ese dictamen contempla que a los clientes que ya hayan pagado las boletas con las subas tarifarias cuestionadas se les reintegren los montos excedidos en sus sucesivas facturaciones hasta cubrir la compensación total. Y que, en este sentido, las distribuidoras y prestadoras no pueden cortarles el servicio por falta de pago.

Inclusive, más allá de cuestionar la falta de audiencia pública, la sentencia de la magistrada federal aclara que las tarifas fijadas con los aumentos se retrotraen a 11 años y representan "ajustes exorbitantes, desproporcionados y fuera de la realidad económica actual de los clientes cautivos".

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