El primer problema es que los jubilados ganan muy poco. El segundo es que desde hace un par de años, a partir de la creación de un sindicato que agrupa a los encarcelados, estos tienen más atención del sector político y a ellos se les permitió ir más de lo que dice la Ley: lograron que se les pague al menos un salario mínimo, y no tres cuartas partes del mismo.
Comparar será odioso, pero es necesario. Un jubilado tiene una base de sólo $3.821. El preso tiene un básico de $6.060.
Pareciera que se le teme más a los reclamos de los presos que a las súplicas de los ancianos.
Para abundar en lo justa que pretende ser la Ley, hay que señalar que allí se aclara que en el caso de que la organización del trabajo esté a cargo de una empresa mixta o privada; entonces sí, el sueldo de un penado o procesado será igual al salario de la vida libre correspondiente a la categoría profesional de que se trate.
Ahí se entiende mucho más que por estar detenida, una persona no puede aspirar con tanta exigencia, como la efectuada por su Sindicato, a tener un salario mínimo. Era tres cuartas partes, y nada más. Si quiere llegar al mínimo de una persona libre, debe trabajar en la cárcel para una empresa privada o mixta; vale repetirlo.
Pero como siempre sucede con las injusticias, una vez alcanzadas, se sobreabunda en ellas: si no, miremos lo que reza luego la Ley 24660 en carácter imperativo en su artículo 121, y no se cumple.
La retribución del trabajo del interno, deducidos los aportes correspondientes a la seguridad social, se distribuirá simultáneamente en la forma siguiente:
a) 10% para indemnizar los daños y perjuicios causados por el delito, conforme lo disponga la sentencia.
b) 35% para la prestación de alimentos, según el Código Civil, a su familia
c) 25% para costear los gastos que causare en el establecimiento
d) 30% para formar un fondo propio que se le entregará a su salida.
Y la verdad es que en las condenas se ve muy poco que se ordene al sentenciado a pagar 10% de lo que recibe todos los meses a las víctimas o familiares de estas.
El 35% del salario familiar, no todos se los van a pedir. Muchas parejas de los detenidos, no reciben esa plata
algunas, con suerte, sólo en ciertas ocasiones.
Es casi imposible encontrar un director de cárcel que admita que sus presos vayan a verlo todos los meses para dejarle el 25% de lo que perciben, a fin de colaborar con los impresentables establecimientos carcelarios.
Y lo más llamativo es que el 30% del salario que percibe un preso no va a parar a un fondo para cuando termine su condena porque el mismo sindicato argumentó que al haber alta reincidencia en lo delictivo, es inútil juntarle la plata para cuando salga ya que pronto volverá a ir preso.
Así las cosas, los presos reciben la plata y hacen con ella lo que quieren.
No tienen que pagar alquiler; en la Penitenciaría los alimentan; tiene televisión y varios canales para ver; los remedios no son un problema, se los provee el Estado, al igual que los anteojos, si les hicieran falta
y ahora casi todas las cárceles cuentan con modernas instalaciones odontológicas, así que ni siquiera tienen que salir del penal para arreglarse la boca.
El jubilado, con suerte, puede costear alguna parte de todos esos gastos, con casi la mitad de lo que percibe un preso. El resto de lo le que falta para sobrevivir, no se los regala nadie. Y si bien el Pami ahora los atiende mucho mejor que antes, cierto es que para ir a pedir una orden médica, visitar al doctor, hacerse un estudio, etc., el jubilado tiene que pagarse el taxi, el colectivo, hacer colas
sufrir.
En Mendoza esta injusta diferencia no se da porque la Provincia, si bien está en lo formal alcanzada por la Ley 24660, no la ejecuta desde el vamos ya que no se otorga una partida específica para tal fin en el Presupuesto, desde que la normativa fue creada en 1996.
Es decir, sólo los presos que van a la cárcel por orden de los tribunales Federales percdiben estos salarios.
A lo sumo, los penados por tribunales provinciales se hacen acreedores de lo que se conoce como la fajina por sus tareas ordinarias dentro del penal o un extra por algunas que realizan en los talleres, panaderías, etc., que hay en los establecimientos penales. Y el monto que reciben es de sólo $2,10 la hora.
A 8 horas diarias, semanalmente el preso provincial percibe menos de $17. Son sólo $85 por semana; nada más que $340 al mes.
Para ganar un poquito más, los presos que están en las cárceles por orden de los tribunales provinciales, hacen trabajos en la carpintería, en metalúrgica y otros espacios similares, a fin de que sus familiares lleven esos productos al comercio extramuros y obtengan allí unos pesos extras.
Los presos federales, en cambio, están de parabienes, porque sus trabajos son realmente bien remunerados, como hemos visto. Y todo se lo deben a su flamante sindicato donde los cargos son realmente llamativos.
Más allá de que César Rodrigo Díaz su secretario general, esté libre tras cumplir su condena por robo calificado o que su secretario adjunto, Roberto Manrique esté procesado por un delito similar, hay algunos que no se entiende muy bien qué tipo de ironía o sorna los lleva a ostentar ciertos puestos en ese gremio.
Por ejemplo, el secretario de Derechos Humanos del Sindicato es un asesino que debe cumplir 23 años de prisión por matar en ocasión de robo. El Secretario de Salud está procesado por homicidio en ocasión de robo.
Parece una paradoja, pero el Secretario de Acción Social está procesado por robo en banda, asociación ilícita, además de abuso de arma y privación ilegítima de la libertad.
Argentina tiene, con ellos, el único sindicato de presos del planeta.
Y como si fuera poco, ese gremio está reclamando que el salario mínimo de los penados sea un seguro de desempleo. Porque lo quieren seguir cobrando afuera, cuando cumplan sus condenas.
Argentina, ciertamente, un país generoso.