La reducción de las retenciones y su eliminación para las economías regionales entraron en vigencia este lunes con la publicación de la medida en el Boletín Oficial.
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Ya rige la baja de retenciones y el Gobierno aclaró las condiciones
La medidase publicó esta madrugada en el Boletín Oficial. El Banco Central y ARCA serán los encargados de controlar los plazos de liquidación.
Con la firma del presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, el decreto 38/2025 se oficializó y regirá hasta el próximo 30 de junio.
Requisitos para acceder al beneficio
El decreto establece que para acceder al beneficio será obligatorio liquidar el 95% de lo declarado en los últimos 15 días hábiles en la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE).
De no cumplir con esta disposición, se aplicará la alícuota anterior, siendo la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y el Banco Central los responsables de supervisar el cumplimiento del mecanismo.
Contexto y declaraciones oficiales
Según la Secretaría de Comercio, la medida tiene como objetivo aliviar la situación del campo en un contexto de sequía, reduciendo temporalmente las retenciones en un 20% hasta junio de 2025.
"La medida refleja la decisión del Gobierno de reducir el peso del Estado sobre los sectores productivos", señaló el comunicado oficial, destacando su alineación con la política de superávit fiscal.
Impacto en los sectores productivos
- Soja (poroto): Baja del 33% al 26%.
- Soja (aceite y harina): Del 31% al 24,5%.
- Trigo, cebada, sorgo y maíz: Del 12% al 9,5%.
- Girasol: Del 7% al 5,5%.
Simultáneamente, se eliminaron las retenciones para economías regionales y otros productos, incluyendo:
- Azúcar, tabaco, arroz y algodón.
- Cueros bovinos, lana, bebidas y forestoindustria.
- Maní, golosinas y chocolates, entre otros.
Estos bienes representaron más de 1.100 millones de dólares en exportaciones durante 2024, impulsando la competitividad de los sectores regionales.
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